BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 14/11/16
EXPTE. Nº 660-319/2016.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 MAYO 2016.-
VISTO:
El expediente de la referencia, mediante el cual se solicita la ratificación de la Resolución Interna N° 116-J/2016 emitida por el JUZGADO ADMINISTRATIVO DE MINAS dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, y
CONSIDERANDO:
Que, por la resolución citada se procedió a suspender todas las actuaciones en proceso de ejecución, tramitadas por el Juzgado, por el plazo de veinte días hábiles a partir del día 06 de Mayo de 2016;
Que, la suspensión dispuesta por la Resolución interna N° 116-J/2016, se sustenta en las irregularidades administrativas advertidas y perdida del CATASTRO MINERO;
Que, a su vez, se dispuso por el Juzgado Administrativo de Minas suspender por noventa (90) días la competencia de Escribanía de Minas y el Registro Grafico en lo atinente a registro de pedimentos a partir del día 2 de marzo de 2016, en razón del informe emitido por el Área de Tecnología e Informática del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción;
Que, tales disposiciones fueron llevadas a cabo a los fines de ordenar y garantizar los derechos, obligaciones y procedimientos referidos a la adquisición, explotación y aprovechamiento de las sustancias minerales, reguladas por el Código de Minería Decreto N° 456/97, Leyes y Decretos complementarios y Ley N° 5.186 Código de Procedimientos Mineros;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Ratificase en todas sus partes la Resolución N° 116-J-2016 emitida por el JUZGADO ADMINISTRATIVO DE MINAS dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico y Producción, por las razones expresadas en el exordio.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR