LEY Nº 5412
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 5412
ARTICULO 1.- Apruébase en todas sus partes el Convenio de Cooperación y Asistencia y sus VI Anexos, celebrado el 08 de mayo de 2003, suscripto entre el CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, representado por su Presidente , Dr. Norberto Ignacio Liwski y la PROVINCIA DE JUJUY representada por el Sr. Secretario de Desarrollo Social, Dr. Rubén Marcelo Dargam, en el marco del Programa de Protección Territorial Federal de Fortalecimiento de los Vínculos Familiares y Comunitarios.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
SALA DE SESIONES , SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 DE JUNIO DE 2004.
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
Presidente
Legislatura de Jujuy
Dr. ALBERTO MIGUEL MATUK
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXP..Nº 0200-217-04
SAN SALVADOR DE JUJUY, 8 de Julio 2004-
CORRESPONDE A LEY Nº5412
Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase , comuníquese, publíquese íntegramente, tome razón Fiscalía de Estado, dése al Registro y Boletín Oficial, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia y Ministerio de Bienestar Social para su conocimiento y oportunamente. ARCHIVESE.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
Sancionada 17/06/2004
Publicado en BO Nº 88 de fecha 04/08/2004