LEY Nº 5412

LA LEGISLATURA DE JUJUY  SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5412

ARTICULO 1.- Apruébase en todas sus partes el Convenio de Cooperación y Asistencia y sus VI Anexos, celebrado el 08 de mayo de 2003, suscripto entre el CONSEJO NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA, representado por su Presidente , Dr. Norberto Ignacio Liwski y la PROVINCIA DE JUJUY representada por el Sr. Secretario de Desarrollo Social, Dr. Rubén Marcelo Dargam, en el marco del Programa de Protección Territorial Federal de Fortalecimiento de los Vínculos Familiares y Comunitarios.

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

 

SALA DE SESIONES , SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 DE JUNIO DE 2004.

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

Presidente

Legislatura de Jujuy

 

Dr. ALBERTO MIGUEL MATUK

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

 

EXP..Nº 0200-217-04

SAN SALVADOR DE JUJUY, 8 de Julio 2004-

CORRESPONDE A LEY Nº5412

 

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase , comuníquese, publíquese íntegramente, tome razón Fiscalía de Estado, dése al Registro y Boletín Oficial, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia y Ministerio de Bienestar Social para su conocimiento y oportunamente. ARCHIVESE.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR

 

 

 

 

Sancionada 17/06/2004

Publicado en BO Nº 88 de fecha 04/08/2004