BOLETÍN OFICIAL Nº 42 – 17/04/13
EXPTE. N° 200-570/11 Y Agdos. Nº 729-2244/06, Nº 729-3011/09 y Nº 729-124/10.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 MAR. 2013.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Rechazase el Reclamo Administrativo previo, interpuesto en los términos de la Ley Nº 5238, por la Dra. María Elena Zarif de Massaccesi, en su carácter de Apoderada Legal del Sr. Lino Héctor Méndez, D.N.I. Nº 22.880.569, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 1º.- Por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, se deberá verificar el cese de la beca informada a fs. 14 (Expte. Nº 729-124/10) y a fs. 99 (Expte. Nº 729-2244/06), de conformidad a lo indicado a fs. 17 vta. Por Asesoría Legal de Fiscalía de Estado.-
Dr. Eduardo Alfredo Fellner
Gobernador