BOLETÍN OFICIAL Nº 42 – 17/04/13
EXPTE. N° 714-2241/12.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 MAR. 2013.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Imprimase a la presentación efectuada por el Dr. Aníbal Massaccesi en su carácter de Apoderado Legal de los Sres. GLORIA GARCÍA LAPIEDRA, CUIL 23-92017765-4 y CARLOS ALBERTO IBARRA, CUIL 23-12007632-9, el trámite de reclamación administrativa previa, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo precedente, rechazase por improcedente la reclamación administrativa previa interpuesta por el Dr. Aníbal Massaccesi en su carácter de Apoderado Legal de los Sres. GLORIA GARCÍA LAPIEDRA, CUIL 23-92017765-4 y CARLOS ALBERTO IBARRA, CUIL 23-12007632-9, por las razones invocadas en el exordio.-
Dr. Eduardo Alfredo Fellner
Gobernador