BOLETÍN OFICIAL Nº 79 – 12/07/17

El Dr. Hugo C. Moisés Herrera, Juez del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy, Sala I, en el Expediente Nº C-068019/2016, “Despido: Fernández Nicolás Federico Ramón C/ Videotel S.R.L.-Cablevisión Palpala S.R.L.”, hace saber a la Firma Cablevisión Pálpala S.R.L, la siguiente providencia: “Salvador de Jujuy, 22 de Abril de 2016.- Téngase por presentada la Dra. Mariela Clara Vargas, en nombre y representación de Nicolás Federico Ramón Fernández, a mérito de la Carta Poder que acompaña (fs.2), por constituido domicilio procesal y por parte.- De la demanda interpuesta córrase traslado a las accionadas Vedeotel S.R.L y Cablevisión Palpalá S.R.L., a quienes se emplazan para que en el término de quince días comparezcan ante este Tribunal a contestarla, bajo apercibimiento de tenérselas por contestada si así no lo hicieran (Art. 51 CPT.).- Asimismo intímese a las accionadas para que en igual término constituyan domicilio dentro del radio de tres kilómetros del asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de tenerla por notificada por Ministerio de Ley (Art. 22 CPT. Y 52 C.P.C.).- Notificaciones en secretaria los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuera feriado.- Notifíquese por cedula.- Fdo. Dr. Hugo C. Moisés Herrera-Juez-Tribunal del Trabajo – ante mí Dra. Carina Silvina Planckensteiner-Secretaria”.- Se hace saber que el presente se encuentre exento del pago de tasas y sellados conforme a lo dispuesto por los Arts. 24 del C.P.T. y 20 de la LCT.- Fdo. Dr. Hugo C. Moisés Herrera-Juez”.- Publíquese edictos en un Diario local y en el Boletín Oficial (art. 162 del CPC) por tres veces en el término de cinco días. Se hace saber a la accionada que los términos empiezan a correr partir de la última publicación de edictos.- Secretaria: Dr. Sebastian Rodríguez de los Ríos-Prosecretario-, San Salvador de Jujuy, 18 de mayo de 2017.-

 

12/14/17 JUL. S/C.-