BOLETÍN OFICIAL Nº 45 – 24/04/13
EXPTE. N° 0714-00711/10 Agdo. Nº 714-419/11.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 FEB. 2013.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Téngase por otorgada la licencia sin goce de haberes a favor del Dr. Daniel Eduardo Martínez, CUIL 20-11664813-0, en el cargo Categoría C, agrupamiento profesional Ley 4418, de la U. de O.: R2-02-02 Hospital “Pablo Soria”, con retroactividad al 01 de junio de 2010 y por el término de tres (3) años, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Téngase por cumplido el reemplazo efectuado en la U. de O.: R2-02-02 Hospital “Pablo Soria”, por el Dr. Pablo Gustavo Peroc, CUIL 20-16446137-9, en el cargo categoría A, agrupamiento profesional, Ley 4418, durante el período comprendido entre el 01 de junio de 2010 y el 31 de marzo de 2011, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
Dr. Eduardo Alfredo Fellner
Gobernador