BOLETÍN OFICIAL Nº 46 – 26/04/13

Icon_PDF_6DECRETO Nº 2046-VOT.-

EXPTE. N° 516-539/94.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 FEB. 2013.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-Adjudicase en venta a favor de la Sra. TEODOCIA MÁXIMA LICANTICA D.N.I. Nº 14.025.258., en el terreno fiscal individualizado como Lote 05, Manzana 96, Matrícula K-257, Padrón K-2802, ubicado en el barrio Provincias Argentinas de la Localidad de Abra Pampa, Departamento Cochinoca, Provincia de Jujuy.

ARTÍCULO 2º.- Fijase en la suma de PESOS TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS CON TREINTA CENTAVOS ($ 3.732,30) el precio de venta del lote de referencia que conforme al compromiso de pago deberá abonarse en 37 cuotas mensuales consecutivas, siendo la primera de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS CON TREINTA CENTAVOS ($ 132,30) y las restantes de PESOS CIEN ($ 100) cada una, importes que al momento de hacerse efectivos se actualizarán en base al procedimiento dispuesto en el Decreto Nº 4010-H-78, Art. 17. A tal efecto se establece que la primera cuota representa el 7,78 % y las restantes el 5,88 % del sueldo correspondiente a la Categoría UNO del Escalafón General de la Provincia, vigente al momento de la determinación del precio de venta del terreno fiscal.

ARTÍCULO 3º.- El pago de las cuotas determinadas en el artículo precedente deberá efectuarse del 1º al 10º día de cada mes siguientes al de la notificación del presente Decreto a la adjudicataria. Todos los pagos se efectuarán mediante depósito en la Dirección Provincial de Rentas.

ARTÍCULO 4º.-El incumplimiento del pago de cuatro (4) cuotas mensuales en las condiciones pactadas determinará en forma automática y sin previa notificación la caducidad de esta adjudicación quedando sin efecto alguno el presente Decreto y con pérdida total de las sumas abonadas por la adjudicataria, conforme lo dispone el Art. 28 de la Ley Nº 3169/74.

 

Dr. Eduardo Alfredo Fellner

Gobernador