LEY Nº 5393
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 5393
ARTÍCULO 1.- Ratifícase en todos sus términos el Decreto-Acuerdo Nº 6077-G-2002, del Poder Ejecutivo Provincial, por el que se prorroga la Ley Nº 5233 “De Mantenimiento de la Emergencia Económica y Administrativa”.
ARTÍCULO 2.– Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de diciembre de 2003.
Dr. ALBERTO MIGUEL MATUK
Secretario Parlamentario
OSCAR AGUSTIN PERASSI
Vice-Presidente 1º a/c Presidente
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE. Nº 0200-436/2003
Corresponde a LEY Nº 5393
SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DE DICIEMBRE DE 2003
Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese integramente, tome razón Fiscalía de Estado, dése al Registro y Boletìn Oficial, y pase al Minsiterio de Hacienda para su conocimiento y oportunamente, ARCHIVESE.
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
Gobernador
Sancionada 17/12/2003
Publicado en BO Nº 36 de fecha 24/03/2004