LEY Nº 5393

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 LEY Nº 5393

ARTÍCULO 1.- Ratifícase en todos sus términos el Decreto-Acuerdo Nº 6077-G-2002, del Poder Ejecutivo Provincial, por el que se prorroga la Ley Nº 5233 “De Mantenimiento de la Emergencia Económica y Administrativa”.

ARTÍCULO 2.– Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de diciembre de 2003.

 

Dr. ALBERTO MIGUEL MATUK

Secretario Parlamentario

 

OSCAR AGUSTIN PERASSI

Vice-Presidente 1º a/c Presidente

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. Nº 0200-436/2003

Corresponde a LEY Nº 5393

 

SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 DE DICIEMBRE DE 2003

 

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese integramente, tome razón Fiscalía de Estado, dése al Registro y Boletìn Oficial, y pase al Minsiterio de Hacienda para su conocimiento y oportunamente, ARCHIVESE.

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

Gobernador

 

 

 

Sancionada 17/12/2003

Publicado en BO Nº 36 de fecha 24/03/2004