LEY Nº 5391
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANSIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 5391
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Convenio firmado en fecha 18 de Diciembre de 2002, en la ciudad de Buenos Aires, entre la Secretaría de Obras Públicas, representada por el señor Secretario Interino, Dr. Jorge Anibal Desimoni y la Subsecretaría de Recursos Hídricos, representada por el señor Subsecretario, Ing. Hugo Pablo Amicarelli, ambos Organismos nacionales, por una parte, y por la otra, la Provincia de Jujuy, representada por el señor Gobernador, Dr. Eduardo Alfredo Fellner, para la construcción de la defensa de la margen derecha del Arroyo Santa Rita y, Sistematizaciòn de la Subcuenca de los Arroyos Santa Rita y Las Delicias, en Palma Sola.-
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de diciembre de 2003.
Dr. ALBERTO MIGUEL MATUK
Secretario Parlamentario
OSCAR AGUSTIN PERASSI
Vice-Presidente 1º a/c Presidencia
Legislatura de Jujuy
PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
EXPTE. Nº 0200-462/2003
Corresponde a la Ley Nº 5391
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 DE ENERO DE 2004
Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese integramente, tome razón Fiscalía de Estado, dése al Registro y Boletìn Oficial, y pase al Ministerio de Producción, Infraestructura y Medio Ambiente para su conocimiento y oportunamente, ARCHIVESE.
Dr. WALTER B. BARRIONUEVO
Vice-Gobernador de la Provincia
En ejercicio del Poder Ejecutivo
Sancionada 17/12/2003
Publicado en BO Nº 34 de fecha 19/03/2004