LEY Nº 5391

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANSIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5391

 ARTÍCULO 1.- Apruébase el Convenio firmado en fecha 18 de Diciembre de 2002, en la ciudad de Buenos Aires, entre la Secretaría de Obras Públicas, representada por el señor Secretario Interino, Dr. Jorge Anibal Desimoni y la Subsecretaría de Recursos Hídricos, representada por el señor Subsecretario, Ing. Hugo Pablo Amicarelli, ambos Organismos nacionales, por una parte, y por la otra, la Provincia de Jujuy, representada por el señor Gobernador, Dr. Eduardo Alfredo Fellner, para la construcción de la defensa de la margen derecha del Arroyo Santa Rita y, Sistematizaciòn de la Subcuenca de los Arroyos Santa Rita y Las Delicias, en Palma Sola.-

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de diciembre de 2003.

 

Dr. ALBERTO MIGUEL MATUK

Secretario Parlamentario

 

OSCAR AGUSTIN PERASSI

Vice-Presidente 1º a/c Presidencia

Legislatura de Jujuy

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

EXPTE. Nº 0200-462/2003

Corresponde a la Ley Nº 5391

 

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 DE ENERO DE 2004

 

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese integramente, tome razón Fiscalía de Estado, dése al Registro y Boletìn Oficial, y pase al Ministerio de Producción, Infraestructura y Medio Ambiente para su conocimiento y oportunamente, ARCHIVESE.

 

Dr. WALTER B. BARRIONUEVO

Vice-Gobernador de la Provincia

En ejercicio del Poder Ejecutivo

 

 

 

Sancionada 17/12/2003

Publicado en BO Nº 34 de fecha 19/03/2004