LEY Nº 5374

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY Nº 5374

 

ARTICULO 1º .-  Desaféctase del Dominio Público del Estado Provincial la superficie destinada a calle, individualizada como Circunscripción 1, Sección 1, Manzana 150, Parcela S/N, ubicada en la ciudad de Humahuaca, Departamento del mismo nombre de esta provincia.

 

ARTICULO 2º .- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 de Octubre de 2003.-

 

OSCAR AGUSTIN PERASSI

Vicepresidente 1º a/c

Presidencia Legislatura de Jujuy.

JUAN MARCELO ZAMORA

Secretario Administrativo a/c

Secretaria Parlamentaria Legislatura de Jujuy.

 

EXPTE.Nº 0200-287/2003.-

CORRESP. A LEY Nº 5374.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 OCT.2003.-

 

Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, tome razón Fiscalía de Estado, dese al Registro y Boletín Oficial, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Hacienda, Dirección General de Inmuebles para su conocimiento y oportunamente, ARCHÍVESE.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR

 

Sancionada 09/10/2003

Publicado en BO Nº 132 de fecha 26/11/2003