LEY Nº 5374
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 5374
ARTICULO 1º .- Desaféctase del Dominio Público del Estado Provincial la superficie destinada a calle, individualizada como Circunscripción 1, Sección 1, Manzana 150, Parcela S/N, ubicada en la ciudad de Humahuaca, Departamento del mismo nombre de esta provincia.
ARTICULO 2º .- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 de Octubre de 2003.-
OSCAR AGUSTIN PERASSI
Vicepresidente 1º a/c
Presidencia Legislatura de Jujuy.
JUAN MARCELO ZAMORA
Secretario Administrativo a/c
Secretaria Parlamentaria Legislatura de Jujuy.
EXPTE.Nº 0200-287/2003.-
CORRESP. A LEY Nº 5374.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 OCT.2003.-
Téngase por LEY de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, tome razón Fiscalía de Estado, dese al Registro y Boletín Oficial, pase al Tribunal de Cuentas, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Hacienda, Dirección General de Inmuebles para su conocimiento y oportunamente, ARCHÍVESE.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR
Sancionada 09/10/2003
Publicado en BO Nº 132 de fecha 26/11/2003