BOLETÍN OFICIAL Nº 56 – 22/05/13

Icon_PDF_6DECRETO ACUERDO N°  1921-H-

EXPTE. Nº 500-606-2012.-                                                                                  

SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 ENE. 2013.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO 1º: Otórgase, por única vez y con carácter excepcional, a favor de los agentes que, en el mes de diciembre de 2012, pertenecían a la planta permanente, sean reemplazantes o contratados bajo la modalidad de locación de servicios, de la Administración Pública Provincial centralizada, descentralizada, organismos autárquicos, comprendidos en el Escalafón General y en el Régimen de las Leyes N° 4.413 y Nº 4.135, incluido el personal de la Unidad de Control Previsional, Personal de Convenio Colectivo de Trabajo 36/75, de la Policía de la Provincia y Dirección General del Servicio Penitenciario, del Escalafón Docente-Nivel Inicial, Primario, Medio y Terciario, Alfabetizadotes y Capacitadotes-personal del Tribunal de Cuentas, Poder Legislativo y Poder Judicial, bajo los requisitos y con las únicas excepciones que establece el presente Decreto Acuerdo, una Asignación Salarial No Remunerativa No Bonificable de $ 700 (Pesos setecientos) por persona, la que se abonará en dos cuotas iguales y consecutivas en los meses de enero y febrero de 2013.

ARTICULO 2º: Exceptúase de la Asignación dispuesta en el presente a Fiscales y Miembros del Tribunal de Cuentas, Magistrados del Poder Judicial y Funcionarios de los tres Poderes.

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR