BOLETÍN OFICIAL Nº 59 – 29/05/13

Icon_PDF_6DECRETO Nº 2445-G.-

EXPTE. N° 0412-615/2009.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 ABR. 2013.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-Aplicase, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, la sanción disciplinaria de CESANTÍA, en contra del Cabo Primero de Policía de la Provincia, NELSON SANDRO CALPANCHAY, D.N.I. Nº 24.648.864, Legajo 13.421, por infracción a los Artículos 186º, inc. 1) y 189º, inc. 12) del Reglamentario de la Ley Orgánica Policial (RLOP), concordante con los artículos 10º y 13º en función de los Artículos 14º y 15º, inc. a), h), u) y z) del Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (RRDP), agravado por el Articulo 40º, inc. d) g) y h) de este ultimo cuerpo legal.-

ARTÍCULO 2º.- Instruyese a la POLICÍA DE LA PROVINCIA (DEPARTAMENTO PERSONAL) la realización de ka notificación de rigor, con sujeción al procedimiento marcado por el capitulo III, Articulo 50º, 51º y ccs. De la Ley Nº 1886/48, bajo apercibimiento de la instrucción de los sumarios administrativos/judiciales pertinentes por incumplimiento a lo normado por el presente Decreto.-

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR