LEY Nº 4943
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 4943
ARTICULO 1°.- Apruébase el Convenio de Adhesión al Programa de Desarrollo Institucional ambiental, suscripto el 19 de setiembre de 1995 entre la Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente Humano, Ing. María Julia Alsogaray y el Gobierno de la Provincia representado por el ex-Gobernador, Dr. Oscar Agustín PERASSI.
ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 de octubre de 1996.-
Dr. VICTOR M. LEMME
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
Vice-Presidente 1º
A/C. Presidencia
Legislatura de Jujuy
Sancionada 14/10/1996
Publicado en BO Nº 8 de fecha 20/01/1997
CONVENIO DE ADHESIÓN AL PROGRAMA DESARROLLO INSTITUCIONAL AMBIENTAL
Entre la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano, representada por la señora Secretaria, Ing. María Julia Alsogaray, y el Gobierno de la Provincia de Jujuy, representado en este acto por el señor Gobernador, Oscar Agustín Perassi, se celebra el presente Convenio de adhesión al Programa Desarrollo Institucional ambiental.
CONSIDERANDO:
Que el Banco Interamericano de Desarrollo, en adelante EL BANCO, ha otorgado a la ACION ARGENTINA, en adelante LA PRESTATARIA, un financiamiento de hasta $ 30.000.000 a través de los contratos de Préstamo Nº 768/OC-AR y 907/SF-AR para contribuir con la ejecución del PROGRAMA DESARROLLO INSTITUCIONAL AMBIENTAL, descripto en el ANEXO I.
Que en la Cláusula 1.03 del Capítulo I de las ESTIPULACIONES ESPECIALES de los Contratos de Préstamo, EL BANCO y LA PRESTATARIA han acordado que la ejecución del Programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por la Secretaría de Recursos naturales y Ambiente Humano, en adelante designada indistintamente SRNyAH u Organismo Ejecutor.
Que el Subprograma comprende las siguientes actividades:
* Apoyo al Fortalecimiento Institucional de los Organismos Provinciales y Municipales,
* Capacitación y Entrenamiento de personal técnico de organismos gubernamentales y no gubernamentales,
* Educación Ambiental,
* Compilación de Legislación Ambiental,
* Elaboración de un Digesto Ambiental Nacional, y
* Diseño y puesta en marcha de un Sistema Nacional de Información Ambiental.
Que, con el objeto de compatibilizar la política ambiental nacional, de la que participan las provincias a través del pacto Federal Ambiental, las partes intervinientes en el presente convenio acuerdan:
ARTICULO 1º.- LA PRESTATARIA, a través del organismo ejecutor responsable de la ejecución del PROGRAMA DESARROLLO INSTITUCIONAL AMBIENTAL, llevará a cabo las acciones que permitan ejecutar en tiempo y forma el Subprograma A: Apoyo al Establecimiento de un Sistema Nacional Ambiental.
ARTICULO 2º.- La Provincia se compromete, a través de sus organismos pertinentes, a desarrollar las acciones emergentes para la ejecución del Subprograma A: Apoyo al establecimiento de un Sistema Nacional Ambiental, que se detalla en el Anexo I que forma parte del presente Convenio financiado parcialmente por los préstamos 768/OC-AR y 907/SF-AR, correspondiendo al Gobierno Federal atender a la amortización de los créditos y a la integración de los fondos de contrapartida nacional. La provincia se obliga también a designar a uno o más funcionarios para que la representen ante la SRNyAH en todos los actos vinculados al presente Convenio y de sus acuerdos complementarios.
ARTICULO 3º.- Para la ejecución de las actividades previstas en el presente Convenio, la SRNyAH se compromete a:
a- Adecuar las acciones del Programa a las necesidades culturales, sociales, ecológicas y económicas de las provincias.
b- Priorizar la prestación de los servicios de capacitación, entrenamiento, consultoría y, en general, de asesoramiento a través de las Universidades y Centros de Investigación de la Provincia, de la Región o del País, según corresponda.
c- Proponer acuerdos complementarios para la ejecución de cada actividad.
d- Difundir nacionalmente los resultados y experiencias que se alcancen en la ejecución de las respectivas actividades.
e- Requerir de la autoridad provincial la nominación del municipio a seleccionar para recibir el asesoramiento previsto en el Programa.
f- Informar al Consejo Federal de Medio Ambiente sobre el grado de avance en la ejecución del Subprograma en la Provincia.
ARTICULO 4º.- Por su parte, la Provincia se compromete a:
a- Promover un proceso de jerarquización institucional de la problemática ambiental, realizando los actos necesarios para implementar legislativa y administrativamente los resultados obtenidos con motivo de la ejecución del Subprograma.
b- Convocar, de acuerdo a su criterio, a las instituciones públicas y privadas vinculadas a las actividades a ejecutar con motivo del presente acuerdo, para que reciban la capacitación, entrenamiento y asesoramiento correspondiente.
c- Difundir en la provincia los resultados de las actividades ejecutadas.
d- Proponer acuerdos complementarios para la ejecución de cada actividad.
ARTICULO 5º.- Por la vía correspondiente y según la legislación provincial vigente, la provincia se compromete a poner en vigencia el presente Convenio.
ARTICULO 6º.- Las partes contratantes constituyen sus respectivos domicilios especiales para todos los efectos legales en: la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente Humano, San Martín 459 Capital Federal; y la Provincia de Jujuy, Av. Santa Fe 967 Capital Federal, asimismo, se cometerán a la jurisdicción establecida en el Artículo 116 de la Constitución Nacional, haciendo expresa renuncia de cualquier otro fuero o jurisdicción.
Firmado en dos ejemplares del mismo tenor, en la Ciudad de Buenos Aires, Capital de la República Argentina, a los 19 días del mes de septiembre de 1995. OSCAR AGUSTIN PERASSI – Gobernador de la Provincia de Jujuy – Ing. MARIA JULIA ALSOGARAY – Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente Humano.
PROGRAMA
DESARROLLO INSTITUCIONAL AMBIENTAL
BID / SRNyAH
ANEXO I
INDICE
- Objetivos
- Descripción
- Subprograma A:
Apoyo al Establecimiento de un Sistema de Información Ambiental
- Política Ambiental
- Legislación Ambiental
- Fortalecimiento institucional
- Educación Ambiental
- Sistema de Información Ambiental
- Subprograma B:
Programas Demostrativos para la Prevención y Control del Deterioro Ambiental
- Sistema de Control Ambiental
- Estructuras Institucionales de Manejo de Cuencas Hidrográficas
- Programa Demostrativo de control de la Contaminación Industrial
III. Subprograma C:
Preparación de Proyectos Ambientales.
- OBJETIVOS:
El Programa de Desarrollo Institucional Ambiental tiene por objeto promover una más eficiente gestión ambiental en Argentina, mediante el fortalecimiento de la base legal e institucional del sistema nacional, provincial y, de manera indirecta, del sistema municipal.
Los siguientes son sus objetivos específicos:
- Apoyar el desarrollo de la política ambiental nacional y la reforma de la legislación ambiental Argentina, tomando como base los acuerdos que conforman el Pacto Federal Ambiental.
- Reforzar la capacidad técnica y operativa de la SRNyAH.
- Apoyar el desarrollo institucional de las principales entidades responsables del área ambiental a nivel nacional y provincial, y en menor medida a nivel municipal.
- Desarrollar un programa de educación ambiental, o impulsar el establecimiento de un sistema de información ambiental.
- Iniciar, en las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Misiones y Mendoza, la operación de tres programas demostrativos altamente prioritarios para la prevención y control de deterioro ambiental: (i) sistema de control ambiental; (ii) estructuras institucionales de manejo de cuencas hidrográficas; y (iii) control de contaminación industrial.
- Apoyar la preparación de propuestas de proyectos ambientales.
- DESCRIPCION:
El programa pretende iniciar el proceso de fortalecimiento institucional y apoyo a la gestión ambiental a partir de niveles de organización institucional muy bajos y débiles. Por este motivo el programa es relativamente pequeño, a pesar de lo cual es amplio e integral en el tratamiento de la problemática ambiental.
Se espera que a partir de su ejecución se expanda el manejo de la gestión ambiental en Argentina a la dimensión que corresponde a sus necesidades reales, las que obviamente son mucho mayores a lo que se puede lograr con este programa específico.
El programa comprende la ejecución de tres subprogramas: A. Apoyo al sistema nacional ambiental; B. Programas demostrativos para la prevención y control de deterioro ambiental; y C. Preparación de proyectos ambientales.
SUBPROGRAMA A: APOYO AL ESTABLECIMIENTO DE UN SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL.
Este subprograma contribuirá a sentar las bases para el establecimiento de un Sistema Nacional Ambiental (SINAM) argentino, sobre la base de los acuerdos alcanzados a partir del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA), y con su apoyo. El SINAM incluirá a los miembros del COFEMA, pero comprenderá además, otros niveles de gobierno (nacional y municipal), así como a representantes del sector no gubernamental (empresas, organismos científicos, ONG), a fin de articularlos entre sí. En la medida en que el SINAM defina el rol de los distintos organismos que son parte de la gestión ambiental, y guíe sus acciones, el sistema actuaría además como ordenador de las acciones en el campo ambiental.
El Subprograma A constará de cinco componentes: 1) Política Ambiental; 2) Legislación Ambiental; 3) Fortalecimiento Institucional; 4) Educación Ambiental y 5) Sistema de información Ambiental.
- Política ambiental:
Con apoyo de este componente, la SRNyAH formulará una o más propuestas de política que reflejen los principios, objetivos e instrumentos de actuación del aparato gubernamental y del país en el área ambiental. Las propuestas seguirán los enunciados generales provistos por la Nación hasta ahora, profundizándolos a nivel de estrategias, planes y acciones específicas.
La propuesta de política será un resultado del consenso entre los diversos actores institucionales a los varios niveles de gobierno, con la participación y apoyo de la sociedad civil. Para este fin, la SRNyAH elaborará un texto base, para su discusión y análisis en seminarios financiados por el programa. El órgano principal de enlace para este proceso será el Consejo Federal de Medio ambiente (COFEMA).
La Secretaría se respaldará en los acuerdos establecidos a través del Pacto Federal Ambiental para lograr el apoyo de las provincias en este proceso. Con ese objeto, y a fin de impulsar el desarrollo y concretización de dichos acuerdos básicos, el Programa financiará una serie de reuniones del COFEMA destinadas a este propósito específico.
La operacionalización del Pacto requerirá acciones adicionales, en particular la elaboración de propuestas concretas para la adopción de metas mínimas en términos de calidad ambiental y manejo de recursos naturales. En el corto plazo, se requerirá generar reglamentos, procedimientos, objetivos y metas, para viabilizar los acuerdos interjurisdiccionales. La Secretaría contribuirá a la realización de estas tareas mediante asistencia técnica.
Tanto dentro de la propuesta de política ambiental como en las actividades de seguimiento del Pacto Federal Ambiental se sentarán las bases conceptuales y operativas del Sistema de control ambiental; en particular, para el caso de las Evaluaciones de Impacto Ambiental (EIA), el mecanismo de permiso y sanciones generados a partir del programa.
Durante este proceso la Secretaría será asistida por un grupo de expertos internacionales y nacionales, incluyendo un panel de expertos de renombre en este campo.
La propuesta de política resultado de este proceso se traducirá en instrumentos que se prepararán para su presentación al Congreso Nacional, así como a las autoridades de las provincias para su consideración.
La SRNyAH elaborará un programa de seguimiento para continuar el apoyo a la sanción legal de las políticas propuestas, incluyendo estrategias de participación de órganos del sector público y privado y un plan de acción para coordinar el esfuerzo.
- Legislación Ambiental
La dispersión y escaso desarrollo de la legislación ambiental argentina, resultado en parte de su estructura federal y en parte de la ausencia de una Ley ambiental marco, constituyen factores de confusión y frustración de los intentos de aplicación de políticas ambientales coherentes y articuladas. El componente de legislación ambiental incluye la ejecución de dos actividades simultáneas: la revisión analítica de la legislación existente y la generación de propuestas de legislación complementarias. Estas actividades se inician a un mismo tiempo y no secuencialmente, a fin de prevenir el efecto común de que se ocupe un tiempo excesivo en la tarea de recolección y análisis -tarea continua cuya realización puede extenderse indefinidamente, a expensas de la actividad de generación de propuestas, cuyo impacto será presumiblemente mayor. En una primera etapa, tendiente a agilizar las actividades de relevamiento y a aprovechar los esfuerzos ya realizados en el ámbito nacional por otras instituciones, se identificarán aquellas entidades que hayan efectuado recopilaciones o dispongan de antecedentes aprovechables para la ejecución del Programa.
El relevamiento y análisis de la legislación y la jurisprudencia en el campo ambiental y de manejo de recursos naturales pondrá de manifiesto los vacíos, superposiciones y contradicciones que existan en este campo. La recopilación que se haga de la legislación nacional y provincial existente (incluyendo convenios internacionales), será la base de un Digesto Ambiental. El Digesto consiste en un compendio ordenado y codificado que facilite el acceso y consulta de la legislación asociada al tema ambiental. El Digesto será publicado y distribuido ampliamente, bajo un formato que permita su actualización constante.
La elaboración y proposición de una nueva legislación ambiental se realizará sobre la base de las propuestas consensuadas de política ambiental y de los acuerdos derivados del Pacto Federal Ambiental. Con apoyo del programa y con la participación de otros entes nacionales y provinciales, así como consultas con organizaciones no gubernamentales, se elaborarán propuestas de legislación y reglamentación que puedan después ser elevadas a consideración de las autoridades pertinentes. Las propuestas de nueva legislación incluirán sugerencias de los mecanismos requeridos para su eventual aplicación.
El programa acompañará la revisión y posterior análisis de las propuestas en el ámbito ejecutivo y legislativo, ofreciendo asistencia técnica a los órganos que lo soliciten. Se prevé además el diseño de una estrategia de seguimiento, que oriente a las instituciones públicas y privadas interesadas en apoyar el proceso de reforma legal iniciado con fondos del presente programa.
Cabe mencionar que el Programa está diseñado en el entendido de que la generación de leyes y normas es un paso fundamental pero insuficiente para asegurar un cambio duradero en el comportamiento de los diversos sectores públicos y privados que influyen sobre la situación del medio ambiente en el país. Dicho cambio efectivo se logrará mediante la aplicación simultánea de incentivos que faciliten la participación voluntaria de la sociedad; tal es el propósito de la ejecución de los programas pilotos demostrativos. Se considera que solamente la combinación de estas dos fuerzas puede dar resultados positivos y duraderos en este campo.
- Fortalecimiento Institucional
El componente de fortalecimiento institucional está dirigido tanto a la SRNyAH como a los organismos provinciales responsables de la gestión ambiental y en menor medida a algunos municipios seleccionados.
Los organismos participantes serán objeto de un análisis organizacional detallado, que se llevará a cabo con su activa participación. El programa proveerá asistencia técnica y consultores especializados, capacitación, equipamiento y otros insumos básicos.
A partir del análisis organizacional de la SRNyAH se generará una propuesta de reestructuración dirigida a mejorar su funcionalidad, eficacia y eficiencia en el cumplimiento de sus responsabilidades. Esta tarea es prioritaria debido a que el fortalecimiento de la SRNyAH es requisito indispensable para la buena marcha del Programa.
La propuesta de reestructuración de la SRNyAH incluirá: (i) una revisión de las estructuras de la SRNyAH en relación a su mandato institucional y las características del sistema nacional ambiental propuesto; (ii) dotación y distribución de personal técnico y administrativo; (iii) alcance de las responsabilidades de los órganos internos y del personal; (iv) necesidades de equipamiento; (v) desarrollo de procedimientos técnicos y administrativos, entre otros. La propuesta de la reestructuración será presentada para consideración de las autoridades pertinentes. El Programa de reforma institucional que se ha acordado será ejecutado por la SRNyAH con el apoyo del Programa. Para ello, la SRNyAH elevará las propuestas de decretos necesarios para poner en práctica la reestructuración propuesta; en caso de que los ajustes acordados requieran aprobación legislativa, la SRNyAH elaboraría los correspondientes anteproyectos de la ley y gestionaría por los canales correspondientes su presentación ante el Poder Legislativo.
La asistencia técnica a las provincias seguirá un proceso similar al de la SRNyAH; es decir, se basará en un análisis institucional dirigido a facilitar la reorganización y jerarquización de los organismos responsables de la gestión ambiental a nivel provincial. El programa financiará la asistencia técnica y consultorías necesarias, así como la capacitación y dotación de equipos e insumos básicos.
La asesoría a los municipios será muy restringida, siendo su intención solamente iniciar un proceso que luego debe continuarse con el apoyo de las provincias y con fondos propios o externos identificados en otras fuentes. El apoyo consistirá en la selección de diez municipios, elegidos sobre la base de aquellas manifestaciones de interés previas y con apoyo del COFEMA, para los que se realizará un diagnóstico y propuesta institucional, y se generarán recomendaciones de acción para el corto y largo plazo.
En el componente de fortalecimiento institucional, la capacitación técnica del personal de las entidades beneficiarias ocupa un lugar preponderante. Para su ejecución se elaborará un plan de capacitación hecho sobre la base de un análisis de necesidades detectadas en el entrenamiento técnico del personal existente en las entidades beneficiarias. En principio, se propone que el programa financie: (i) treinta cursos técnicos cortos; (ii) cuarenta y cinco becas en el país; y (iii) cinco becas fuera del país a nivel de maestría o doctorado.
- Educación ambiental
Este componente estará orientado a promover acciones de educación, información y divulgación de contenidos, temas y problemas ambientales, a través del sistema de educación formal, así como a través de medios informales tales como la televisión y la prensa escrita. En apoyo del desarrollo de estas actividades se efectuará un relevamiento de los centros que realizan actividades de capacitación relacionadas con la temática ambiental y se seleccionarán a partir de ellos cuatro centros de generación y difusión de materiales educativos, coordinando también las actividades de otros centros en operación. Con el apoyo del componente, la SRNyAH y las provincias prepararán un diseño estratégico que será discutido y acordado con las principales instituciones involucradas en el campo educativo en el país. Dicho diseño estratégico se basará en las propuestas que surjan de los Talleres Regionales que se realizaron a tal fin. En esta tarea se incluirá un análisis actualizado de la capacidad instalada en este campo en Argentina, a partir del cual se efectuará una propuesta de mecanismos de coordinación bajo el marco de una red nacional de educación ambiental.
A través del componente, la SRNyAH apoyará al Ministerio de Educación, entidad que tiene responsabilidad en este campo, en la generación de contenido de curriculum (niveles primario, secundario y universitarios). Esta actividad se apoyará en un análisis comparativo de procesos similares efectuados en otros países de la región. La revisión y análisis de las currícula se hará con la colaboración de organizaciones especializadas, gubernamentales y no gubernamentales, y autoridades universitarias y de organismos competentes de las provincias. El programa brindará asistencia técnica para la preparación y posterior aplicación de las propuestas de reforma. En esta tarea, el programa coordinará actividades con otros proyectos en ejecución, especialmente aquellos dirigidos a reformar el curriculum escolar con propósitos más generales, como
será el Programa de Reforma e Inversiones del Sector Educación (AR-0122).
Las actividades de educación ambiental no formal estarán dirigidas a la sociedad argentina en general, y a las principales autoridades políticas de la nación, las provinciales y las municipales en particular. El programa financiará la preparación, la elaboración y difusión de mensajes ambientalistas a través de medios de comunicación masivos. Los contenidos específicos de esos mensajes, así como los medios que se utilizarán en su difusión, serán definidos durante la ejecución del programa.
El programa financiará la dotación de personal básico, equipos y materiales de trabajo para cuatro centros de difusión de materiales de educación ambiental de carácter regional, que serán instalados donde se verifiquen las condiciones adecuadas para ello en términos de recursos y capacidades. Los materiales que se generen serán distribuidos entre entidades educativas de cada zona, y podrán ser materia de difusión en las actividades de educación no formal. El programa proveerá además asistencia técnica para la puesta en funcionamiento de centros, y para el desarrollo y coordinación de las actividades de difusión masiva de materiales (para radio, televisión, etc.).
Como parte de las actividades del programa se elaborará una puesta para continuar la operación de los centros, incluyendo las instituciones que se harían responsables de sus sostenimiento.
- Sistema de Información Ambiental
Este componente tiene por objeto de implantar e iniciar la operación de un sistema de información ambiental de alcance nacional, capaz de recopilar y organizar la información necesaria con el fin de ponerla a disposición de los organismos que integran el sistema nacional ambiental. La disponibilidad de información adecuada y oportuna facilitará notoriamente la toma de decisiones en el sector público, así como la operación de los mecanismos de seguimiento y monitoreo que serán instalados con apoyo de este programa.
El programa contará con un diseño básico, asistido por un Comité de diseño compuesto por los integrantes y usuarios más relevantes del sistema, que será analizado y revisado hasta llegar a una versión definitiva; esta última se estructurará a partir de un estudio detallado y actualizado a la fecha de ejecución del programa de la oferta y demanda de información a nivel nacional.
El estudio de oferta y demanda se complementará con una evaluación de las estructuras formales e informales que operen en la generación, procesamiento, recolección, difusión y uso de información ambiental; este estudio recomendará los ajustes que será necesario efectuar en las estructuras y funciones actuales, con el fin de conformarlas a un sistema más eficiente y efectivo.
El diseño definitivo deberá contener los objetivos del sistema, la estructura de sus bases de datos, los órganos participantes y los procedimientos de recolección, análisis, difusión y control de la calidad de la información técnica, estadística y documental de naturaleza ambiental. El diseño incluirá además una propuesta de organización, funcionamiento, actualización y financiación requeridos para cubrir la demanda detectada al menor costo, incluyendo la opción de cobro de los servicios.
El sistema comenzará desarrollando las siguientes facilidades para contribuir desde el inicio del Programa con las actividades inherentes al mismo y al desarrollo del propio sistema y del Programa en general, que se pretende tener operativa dentro de los seis primeros meses de funcionamiento del Programa.:
- Correo electrónico, que será un vínculo de comunicación entre todos los integrantes de la red nacional.
- Detalle de los Organismos gubernamentales que tengan relación con la temática ambiental.
- Normativa ambiental, conteniendo leyes, decretos, resoluciones y disposiciones de carácter ambiental, a nivel Nacional y Provincial.
- Acceso a bases de datos locales e internacionales sobre la materia.
SUBPROGRAMA B: PROGRAMAS DEMOSTRATIVOS PARA LA PREVENCION Y CONTROL DEL DETERIORO AMBIENTAL.
A través de este subprograma se diseñará y financiará el inicio de operación de tres mecanismos institucionales y financieros considerados soporte fundamental del sistema nacional ambiental. Las observaciones derivadas de la ejecución de los programas piloto serán incorporadas como insumo a los componentes de política, legislación, fortalecimiento institucional y educación ambiental, descriptos en párrafos anteriores. El subprograma se ejecutará mediante convenios con las provincias subejecutoras, las cuales establecerán las respectivas unidades de coordinación provincial.
Se presenta a continuación el cronograma general del subprograma B y el contenido de cada uno de sus componentes: a) Sistema de Control Ambiental, b) Estructuras Institucionales de Manejo de Cuencas Hidrográficas y c) Programa Demostrativo de Control de Contaminación Industrial.
- Sistema de Control Ambiental
A fin de iniciar la operación de las estructuras institucionales que se consolidarán y fortalecerán a través del proyecto, el programa financiará el diseño y puesta en práctica de un sistema de control ambiental, en las cuatro provincias subejecutoras, con el apoyo y participación de la SRNyAH y otros órganos federales que tienen capacidad y atribuciones en este campo.
El sistema de control ambiental (también conocido como sistema de licenciamiento ambiental) constará de tres elementos: (i) un elemento sensor o detector 1/ , que identifique y cuantifique los cambios que se operan en la calidad de ambiente; (ii) un elemento comparador que estudie la condición detectada versus patrones preestablecidos 2/ ; (iii) un elemento ejecutor que altere dicha condición hasta ajustarla a la condición deseable 3/ 3/.
El montaje del sistema, tanto a nivel federal como provincial, involucra el desarrollo de cinco subsistemas:
- Subsistema de normas mínimas (incluidas normas de calidad de agua, aire y contaminación por ruido y emisiones industriales, entre las principales);
- Subsistema de patrones de calidad (definición de niveles mínimos – no transgredibles – y metas deseables);
- Subsistema de evaluaciones de impacto ambiental (EIA), directamente asociados al sistema de permisos por ser la EIA uno de sus instrumentos centrales;
- Subsistema de permisos de control ambiental (para actividades preclasificadas según el grado de riesgo que implican en términos de impactos ambientales. Los permisos podrán otorgarse en tres situaciones: antes de la preparación de los proyectos ejecutivos: licencia previa; antes de iniciar las obras: licencia de instalación; y después de completada la obra; licencia de funcionamiento).
- Subsistema de zoneamiento (localización de usos deseables de los recursos y los espacios, según las prioridades dictadas por la política nacional ambiental y política conexas).
Cada subsistema y el conjunto de ellos estarán apoyados por evaluaciones económicas y la aplicación de instrumentos económicos que viabilicen el sistema de control ambiental.
Por cuanto el desarrollo de normas y el desarrollo del sistema de permisos implican procesos largos y complejos, el programa incluirá únicamente el diseño de niveles mínimos que permitan operar el sistema pero que deberán ser continuados y complementados en el futuro.
La instauración de un sistema de control ambiental efectivo dependen de la disponibilidad de recursos (humanos, técnicos, institucionales, financieros), la existencia de legislación suficiente (leyes y reglamentos), y la presencia de decisión política. A través de este componente, el programa dotará a las provincias participantes de los recursos que se precisan para iniciar el proceso, apoyará la preparación de los instrumentos legales requeridos, y actuará como catalizador de la decisión política necesaria.
Con fondos del programa se establecerán y operarán por un período de tres años las unidades federal y provinciales encargadas del montaje del sistema, coordinadas entre sí. El personal de esas unidades recibirá entrenamiento intensivo en el diseño y puesta en marcha de evaluaciones de impacto ambiental, así como en la operación del sistema de permiso del que la EIA es parte.
1/ Suelen ser sistemas de monitoreo físico e información social.
2/ Esta función depende del grado de desarrollo de los patrones de calidad ambiental (definidos tanto por las características deseables del medio -cuerpo receptor- como por la composición del efluente);
dichos patrones a su vez, reflejan los objetivos que tenga la sociedad con respecto al uso de los recursos afectados.
3/ La función ejecutora debe ser preventiva y correctiva, con énfasis en la primera. La prevención se inicia con el establecimiento de un sistema de permisos y autorizaciones para la inversión; dicho sistema utiliza, como un instrumento central, la evaluación de impactos ambientales, dotada de una forma de seguimiento que asegure la implantación de sus recomendaciones.
En cada provincia se discutirá entre las diversas entidades con responsabilidad en la aprobación, ejecución y supervisión de proyectos de inversión: (i) los objetivos del sistema; (ii) la distribución de responsabilidades entre los diversos sectores de la sociedad nacional; (iii) la correspondencia entre mecanismos de incentivo, presión, sanción y vigilancia, cuya acción coordinada y congruente se requiere para la buena marcha del sistema de control. Un tema fundamental para la discusión será el esquema de clasificación de las propuestas diseñadas por los técnicos del programa, para determinar aquellas que requieren estudios ambientales detallados de las que no.
Las discusiones y acuerdos a nivel de provincias se darán también a nivel federal, buscando informar los procedimientos y garantizar la congruencia de las acciones de todas las instituciones participantes del sistema. Este programa demostrativo será observado de cerca por las demás provincias beneficiarias del programa; el COFEMA participará activamente de todas las etapas de su ejecución, y por su intermedio se darán a conocer los progresos, dificultades y experiencias obtenidas.
El programa evaluará los resultados de los trabajos realizados, recomendará medidas correctivas y elaborará una propuesta para la expansión del sistema de control en las restantes provincias.
- Estructuras institucionales de manejo de cuencas hidrográficas En la cuenca hidrográfica -como unidad física, conceptual y de planificación convergen y tienen aplicación los sistemas de control ambiental, los mecanismos de incentivos para la prevención y control de la contaminación y la aplicación de las políticas y normas que regulen el manejo de los recursos naturales y del ambiente humano. A largo plazo, serán las autoridades locales quienes asuman la administración y ejecución de las acciones de prevención y control del deterioro ambiental, siguiendo la política de descentralización que el país ha encarado y que se está dando también en los países de la región.
Por estas consideraciones, el programa incluye el desarrollo de tres experiencias (en las Provincias de Buenos Aires, Córdoba y Mendoza) de intención demostrativa, en las que se prueben modelos institucionales alternativos que hagan más eficiente y coherente el tratamiento de la problemática ambiental a nivel local, utilizando como unidad a la cuenca hidrográfica.
En términos de estructuras institucionales para el manejo integrado de cuencas hidrográficas, se reconocen dos modelos básicos:
- Agencia de cuencas, ejecutora de las obras públicas y de los programas de manejo, responsable enteramente por el manejo de los recursos contenidos en el área de su jurisdicción; y
- Agencia normativa, a cargo de supervisar las tareas ejecutivas asignadas a otros entes, en particular entes municipales.
El programa no propone un modelo único de estructura y organización para el manejo de cuencas. En su lugar, el programa propone la adopción de tres criterios de diseño como condiciones mínimas para garantizar la viabilidad de las estructuras que se desarrollan:
- Viabilidad político-social y económica del esquema propuesto, creada en el país;
- Definición clara y tamaño realista del problema a atacar;
- Financiamiento cierto a corto y mediano plazo, con perspectivas de permanencia.
El diseño sobre la base de criterios mínimos tiene una ventaja fundamental sobre el diseño en base a un cierto modelo preconcebido y es que permite adaptación a las circunstancias (políticas, económicas, administrativas, históricas) particulares de cada lugar de aplicación.
El programa financiará el establecimiento de tres células o núcleos técnicos, una a nivel nacional que se ubicará en la SRNyAH y otras dos en las provincias de Buenos Aires y Córdoba; los costos de operación, equipamiento y la dotación de personal técnico en estas células serán cubiertos con fondos del programa. La función de estas células será el desarrollo, negociación e inicio de operación de estructuras institucionales para el manejo integrado de cuencas; cada provincia desarrollará su versión de dichas estructuras y procedimientos organizativos, para aplicación en una cuenca específica.
A partir de acuerdos con las entidades participantes, las células emprenderán los diseños de detalles de las estructuras en cada provincia. Estos diseños cubrirían principalmente: (i) mejoras en las estructuras institucionales existentes; (ii) adecuaciones de orden técnico para fortalecer la capacidad de las instituciones participantes; (iii) responsabilidades y mecanismos de recaudación y recuperación financiera con miras a lograr la auto sustentabilidad del sistema; (iv) sistema de control financiero descentralizado a nivel de municipios o centralizado en la Agencia de Cuenca, (v) propuesta de acciones complementarias; (vi) plan de capacitación.
Una vez que las propuestas cuenten con el apoyo de las autoridades pertinentes el programa procederá a financiar la ejecución de los diseños de detalle, cubriendo los costos de asistencia técnica, equipamiento, capacitación y los gastos de operación inicial del sistema.
La marcha del sistema será evaluada periódicamente, generando los ajustes requeridos. Antes de la conclusión del programa se hará una evaluación general de sus resultados. Si los resultados son positivos, se espera que las provincias asuman responsabilidad por el mantenimiento y eventual institucionalización de las células. La última actividad del componente será la preparación de una propuestas de expansión del sistema a otras provincias, según los resultados de las evaluaciones realizadas.
- Programa Demostrativo de Control de Contaminación industrial Este componente tiene por objeto apoyar, a través de asistencia técnica, la participación de la empresa privada y el desarrollo de una capacidad institucional descentralizada, en el control de contaminación industrial.
El programa demostrativo proveerá asistencia técnica tanto a los empresarios que la soliciten como a las instituciones provinciales -y por su intermedio a las autoridades municipales- que tienen responsabilidad en la prevención y control de la contaminación industrial para el establecimiento de criterios y disposiciones administrativas para evitar y reducir la contaminación.
Se ha seleccionado a las provincias piloto de Buenos Aires y Mendoza en razón de la presencia de graves problemas de contaminación industrial en su territorio, así como por el interés demostrado por las respectivas autoridades provinciales en participar en el esquema propuesto. De ser positivas estas experiencias piloto, los sistemas podrían ser extendidas posteriormente a las demás provincias.
Los estudios de factibilidad establecieron que, en el caso de la Provincia de Buenos Aires, sería más efectivo y concreto empezar el programa demostrativo con algunas ramas de la mediana y pequeña industria, como ser: mataderos (frigoríficos); curtiembres; y empresas de acabado de metales, en principio.
Estas industrias se seleccionaron en base a las siguientes características básicas que las hacen apropiadas para efectos del programa:
- Son de tamaño mediano y pequeño, por lo que la solución de los problemas técnicos pude ser atendido con montos relativamente reducidos; esto es congruente con la disponibilidad actual de recursos prestables en el mercado financiero y con el volumen de riesgo que están dispuestos a asumir los solicitantes.
- Son altamente contaminantes.
- Los industriales tienen interés en acceder a crédito comercial para ejecutar tareas de control ambiental.
Respecto a la ubicación geográfica, el programa demostrativo tomará en cuenta en el sentido que todas las empresas que la contaminan estarán sujetas al sistema de control ambiental. En la provincia de Buenos Aires se ha hecho una primera aproximación definiendo que el área de interés constituirá el conourbano bonaerense, quedando por definir el área específica. En la provincia de Mendoza se ha propuesto el canal de Pescara, por haberse avanzado previamente en un estudio de prefactibilidad.
Los sujetos receptores de la asistencia técnica financiada por el programa serán empresarios de pequeñas y medianas industrias de las ramas preseleccionadas que tengan interés en financiar actividades de prevención y control de contaminación 4/ . Estos empresarios han enfrentado, hasta ahora, dificultades en acceder a dichos créditos comerciales debido a una serie de factores, entre los que se encuentran dos principales: (i) baja capacidad técnica para el diagnóstico y diseño de las medidas de control ambiental; (ii) limitaciones en sus estructuras administrativas para ser sujetos aceptables de crédito. El programa actuará sobre esas dos restricciones, apoyando a los pequeños y medianos empresarios que elijan participar en este programa demostrativo, a mejorar la calidad y contenidos de sus proyectos técnicos, y consolidar sus capacidades administrativas para que puedan ser sujetos de crédito.
Para este propósito, el programa pondrá a disposición de los empresarios interesados un equipo de especialistas en las áreas técnicas, organizacionales, administrativas y financieras que analizarán cada caso específico generando recomendaciones, y posteriormente apoyarán su aplicación.
El grupo de especialistas se insertará en la entidad provincial subejecutora y establecerá un núcleo cuya función será coordinar la ejecución del componente.
Se trabajará en coordinación con las cámaras Empresarias, a fin de que este apoyo a los empresarios tenga una utilidad concreta, práctica y duradera. El programa financiará simultáneamente una serie de acciones complementarias: (i) desarrollo de una estrategia de descontaminación que provea el marco que dará consistencia y soporte técnico y político a las acciones emprendidas con apoyo del programa; (ii) desarrollo de un sistema de presión para obligar a las industrias a adoptar las medidas preventivas o descontaminantes requeridas por la ley; (iii) desarrollo de un sistema de incentivos para la participación voluntaria de las empresas que apoye al anterior; y (iv) actividades de supervisión y seguimiento. Estas acciones complementarias se explican a continuación.
El desarrollo de una estrategia local (provincial y municipal) de descontaminación industrial hídrica, acordado por las autoridades y los sectores industriales en cada provincia participante, será un elemento básico para guiar las decisiones técnicas de los núcleos provinciales, a la vez que brindar un contexto más general a las acciones iniciadas con el apoyo del programa. La estrategia de manejo del recurso se derivará de una definición, priorización y ordenamiento de los varios usos posibles de los cuerpos receptores de la contaminación causada por las industrias que son objeto del programa. El programa apoyará el desarrollo de esta estrategia facilitando la elaboración de propuestas y su discusión entre las autoridades provinciales y municipales y los principales usuarios de los recursos en cuestión.
El desarrollo del sistema de presión estará dirigido fundamentalmente a asistir a la provincia y/o municipalidad en la aplicación de algunos mecanismos alternativos: inspecciones periódicas, multas y otras sanciones que demuestren la intención de las autoridades de hacer cumplir la ley.
La aplicación de estos mecanismos de presión requiere la existencia de la normatividad clara que defina: (i) estándares mínimos de calidad de los cuerpos receptores; (ii) estándares máximos de niveles de contaminación para los efluentes industriales -especialmente para los que generan las industrias contempladas en el programa. Estos estándares se derivarán de, y serán congruentes con, los desarrollados a nivel federal con el apoyo de los demás componentes del programa. Por lo tanto, esta actividad dependerá grandemente de que hayan sido perfeccionados los instrumentos legales de sanción a la contaminación que se ejecuten a través del subprograma A.5/ El desarrollo del sistema de incentivos consistirá en la identificación y discusión de medidas y mecanismos que puedan poner a disposición de los empresarios participantes las autoridades provinciales y municipales, con el fin de impulsarlos a adoptar medidas de prevención y control de la contaminación que causan.
Los tipos de incentivos que se podrían contemplar incluyen, entre otros: (i) financiamiento directo; (ii) garantías o avales para facilitar el acceso al crédito; (iii) incentivos fiscales o tributarios.
La aplicación simultánea de los mecanismos de presión y de incentivo es un componente básico de la ejecución de este programa demostrativo; se considera que sólo la combinación de estas dos fuerzas puede producir cambios reales y duraderos en el comportamiento del sector empresarial.
Durante la ejecución de componente, el programa financiará tareas de seguimiento y control, tanto del cumplimiento de lo programado (ejecución de obras físicas, adopción de reformas tecnológicas, substitución de materia prima, etc.), como de cambios graduales en los parámetros ambientales una vez que las reformas hayan entrado en operación. Los núcleos realizarán evaluaciones internas, y la SRNyAH hará evaluaciones externas periódicas de común acuerdo con las entidades participantes, internas y externas al programa, a fin de recomendar mejoras a la operación del sistema.
Sobre la base de estas evaluaciones, y a partir de un análisis comparativo de las experiencias de las provincias de Buenos Aires y de Mendoza, se generará una propuesta de expansión futura de los mecanismos probados por el programa, hacia las demás provincias del país. Dicha propuesta será presentada a consideración del COFEMA y de la SRNyAH. Las enseñanzas que se vayan derivando de la ejecución de este programa demostrativo serán incorporadas en la ejecución del Subprograma A, tanto en la definición de políticas y legislación, como en el diseño de los programas de fortalecimiento institucional, o en la ejecución de los componentes de educación o información ambiental.
SUBPROGRAMA C: PREPARACION DE PROYECTOS AMBIENTALES.
El programa contempla además fondos para el financiamiento de estudios de viabilidad técnico-financiera y/o diseño ejecutivo de proyectos ambientales (preliminarmente se estima que serán cuatro) que serán identificados por la SRNyAH, con acuerdo de las autoridades económicas del país.
Se plantean los siguientes criterios de elegibilidad para la selección de los cuatro estudios:
- El área temática de los estudios estará dentro de las siguientes: (i) protección, manejo apropiado o conservación de los recursos y patrimonio natural del país; y (ii) mejoras de la calidad del medio ambiente humano.
- El programa financiará estudios dirigidos a elaborar/completar propuestas de proyectos aptos para financiamiento internacional o nacional.
4/ Eventualmente, las empresas podrán acceder a créditos de la Banca Comercial, incluyendo los programas del Banco de Crédito‚ a la micro y pequeña (643/OC y 863/SF), Crédito Multisectorial (AR- 055) y el de Modernización Tecnológica (AR-0141).
- Se financiará de manera especial, estudios que puedan dar lugar a proyectos financiables por el Banco.
- Los tipos de estudios a financiar incluirán: (i) estudios de prefactibilidad; (ii) estudios de factibilidad: (iii) diseño e ingeniería definitiva.
- Cada financiamiento otorgado por el ejecutor con cargo a estos recursos no podrá exceder el monto individual de U$S 500.000 (dólares quinientos mil).
Adicionalmente el programa financiará la contratación de consultores puntuales para asistir en la revisión de estudios ambientales relacionados con la aprobación de proyectos, mientras se desarrolla la capacidad propia de la SRNyAH.
5/ La Provincia de Mendoza cuenta con normativa suficientemente desarrollada; la Provincia de Buenos
Aires cuenta con normativas que deben ajustarse con el apoyo del programa.