BOLETÍN OFICIAL Nº 61 – 03/06/13

Icon_PDF_6DECRETO Nº 2507-S.-

EXPTE. N° 714-134/13, y Agdo. Nº 700-128/13.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 MAY. 2013.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.-Imprimase a la presentación efectuada por el Dr. Aníbal Massaccesi, en su carácter de Apoderado Legal de la Sra. ELVA LIDIA RODRÍGUEZ D.N.I. Nº 11.477.999, el tramite de reclamación administrativa previa, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.-Como consecuencia de lo dispuesto en el articulo precedente, rechazase por improcedente la reclamación administrativa previa interpuesta por el Dr. Aníbal Massaccesi, en su carácter de Apoderado Legal de la Sra. ELVA LIDIA RODRÍGUEZ D.N.I. Nº 11.477.999, por las razones invocadas en el exordio.-

ARTÍCULO 3º.- Dejase establecido que el presente decisorio, no importa rehabilitar plazos vencidos y/o instancias administrativa inexistentes, caducas o precluidas.-

ARTÍCULO 4º.- Opóngase en forma subsidiaria la defensa de prescripción, con fundamento en el principio de eventualidad procesal, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR