LEY Nº 4918
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 4918
ARTICULO 1.- Rectifícase el Artículo 1° de la Ley N° 4734 en lo que respecta al número de Padrón del Lote N° 2 que se transfiere, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Articulo 1°.- Transfiérase el inmueble individualizado como Lote 2, Padrón 0-367, ubicado en el pueblo de Susques, Mensura de Fracción con plano aprobado N° 930095, a favor de la Secretaría de Ingresos Públicos – Administración Nacional de Aduanas -. Dicho predio estará destinado a la construcción de oficinas del resguardo jurisdiccional Susques, en la localidad de dicho nombre”.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de julio de 1996.-
Dr. VICTOR M. LEMME
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
Vice-Presidente 1º
A/C. Presidencia
Legislatura de Jujuy
Sancionada 10/07/1996
Publicado en BO Nº 94 de fecha 26/08/1996








