LEY Nº 4918

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 4918

ARTICULO 1.- Rectifícase el Artículo 1° de la Ley N° 4734 en lo que respecta al número de Padrón del Lote N° 2 que se transfiere, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Articulo 1°.- Transfiérase el inmueble individualizado como Lote 2, Padrón 0-367, ubicado en el pueblo de Susques, Mensura de Fracción con plano aprobado N° 930095, a favor de la Secretaría de Ingresos Públicos – Administración Nacional de Aduanas -. Dicho predio estará destinado a la construcción de oficinas del resguardo jurisdiccional Susques, en la localidad de dicho nombre”.

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de julio de 1996.-

 

Dr. VICTOR M. LEMME

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

Vice-Presidente 1º

A/C. Presidencia

Legislatura de Jujuy

 

Sancionada 10/07/1996

Publicado en BO Nº 94 de fecha 26/08/1996