LEY N° 4800
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 4800
ARTICULO 1°.- Ratifícase el Convenio celebrado el diez de setiembre de mil novecientos noventa y tres, entre la Secretaría de Obras Públicas y Comunicaciones del área del Ministerio de Economía y Servicios Públicos de la Nación, el Consejo Federal de Agua Potable y Saneamiento (CoFAPyS) y el Gobierno de la Provincia de Jujuy; para la implementación del Programa de Ayuda Social para la provisión de Agua Potable y Saneamiento Básico, destinados a grupos comunitarios dispersos no mayores de quinientos (500) habitantes, localizados en las áreas rurales, subrurales de la Provincia, compuesto de nueve (9) cláusulas y Anexo I.-
ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 de setiembre de 1994.-
LUIS RAMON CALDERARI
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
Dr. ALBERTO MAXIMO TELL
Diputado Provincial
Presidente
Comisión de Asuntos Institucionales
A/C. de Presidencia
Legislatura de Jujuy
Sancionada 15/09/1994
Publicado en BO Nº 117A de fecha 19/10/1994