LEY N° 4776
LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 4776
“DE AUTORIZACION DE VENTA DE TERRENO A FAVOR DEL SINDICATO DE OBEROS DEL TABACO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a vender al Sindicato de Obreros del Tabaco de la Provincia de Jujuy (Personería Gremial N° 1210, tres (3) hectáreas de terreno a disgregarse del Lote Rural N° 570 – Sector II, Matrícula B-8360 (Departamento de El Carmen-, con destino a la construcción de un complejo polideportivo.-
ARTICULO 2.- El precio correspondiente será fijado por el Poder Ejecutivo de la Provincia, abonado por el adquiriente y transferido al Hospital “Arturo Zabala” de Ciudad Perico.-
ARTICULO 3.- A los fines dispuestos por los artículos anteriores, previamente, la Dirección General de Inmuebles efectuará la mensura e individualización Catastral de la fracción a transferir y el Tribunal de Tasaciones procederá a valuar la misma.-
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de junio de 1994.-
LUIS RAMON CALDERARI
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
EDUARDO MARCELO CARRILLO
Vice Presidente 2°
a/c de Presidencia
Legislatura de Jujuy
Sancionada 29/06/1994
Publicado en BO Nº 89 de fecha 08/08/1994