LEY N° 4776

LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY N° 4776

 

“DE AUTORIZACION DE VENTA DE TERRENO A FAVOR DEL SINDICATO DE OBEROS DEL TABACO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

 

ARTICULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a vender al Sindicato de Obreros del Tabaco de la Provincia de Jujuy (Personería Gremial N° 1210, tres (3) hectáreas de terreno a disgregarse del Lote Rural N° 570 – Sector II, Matrícula B-8360 (Departamento de El Carmen-, con destino a la construcción de un complejo polideportivo.-

 

ARTICULO 2.- El precio correspondiente será fijado por el Poder Ejecutivo de la Provincia, abonado por el adquiriente y transferido al Hospital “Arturo Zabala” de Ciudad Perico.-

 

ARTICULO 3.- A los fines dispuestos por los artículos anteriores, previamente, la Dirección General de Inmuebles efectuará la mensura e individualización Catastral de la fracción a transferir y el Tribunal de Tasaciones procederá a valuar la misma.-

 

ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de junio de 1994.-

 

LUIS RAMON CALDERARI

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

EDUARDO MARCELO CARRILLO

Vice Presidente 2°

a/c de Presidencia

Legislatura de Jujuy

Sancionada 29/06/1994

Publicado en BO Nº 89 de fecha 08/08/1994