BOLETÍN OFICIAL Nº 66 – 14/06/13
EXPTE. N° 0716-01382/10-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 MAY. 2013.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º: Acéptase a partir de la fecha del presente decreto la renuncia presentada por la señora Vilma Soledad Martínez, CUIL 27-26182410-3, al Contrato de Locación de Servicios que detenta en el marco del Programa de Médicos Comunitarios dependiente del Ministerio de Salud de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 2º: Acéptase a partir de la fecha del presente decreto la renuncia presentada por la señora Carmen Patricia Banegas, CUIL 23-27275509-4, al Contrato de Locación de Servicios que detenta en el marco del Programa de Médicos Comunitarios dependiente del Ministerio de Salud de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 3º: Acéptase a partir de la fecha del presente decreto la renuncia presentada por la señora Ofelia Beatriz Ochoa, CUIL 27-21846833-6, al Contrato de Locación de Servicios que detenta en el marco del Programa de Médicos Comunitarios dependiente del Ministerio de Salud de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 4º: Acéptase a partir de la fecha del presente decreto la renuncia presentada por la señora Susana Beatriz Sánchez, CUIL 27-20102841-3, al Contrato de Locación de Servicios que detenta en el marco del Programa de Médicos Comunitarios dependiente del Ministerio de Salud de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 5º: Acéptase a partir de la fecha del presente decreto la renuncia presentada por el señor Dante Rolando Cussi, CUIL 20-29463175-6, al Contrato de Locación de Servicios que detenta en el marco del Programa de Médicos Comunitarios dependiente del Ministerio de Salud de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 6º: Modificase el presupuesto general de gasto y cálculo de recursos vigente Ejercicio 2013, conforme se indica a continuación
TRANSFIERASE:
JURISDICCIÓN “R” MINISTERIO DE SALUD
DE: A:
- de O.: 1 Ministerio U. De O.: 2-02-04 Hospital “San Roque”
Categoría Nº de cargos Categoría Nº de Cargos
4 (c-4) 5 4 (c-4) 5
Agrup. Técnico Agrup. Técnico
Escalafón General Escalafón General
= =
TOTAL 5 TOTAL 5
ARTICULO 7º: Desígnase a partir de la fecha del presente decreto, a la señora Vilma Soledad Martínez, CUIL 27-26182410-3, en el cargo categoría 4 (c-4), agrupamiento técnico, escalafón general de la unidad de organización R2-02-04 Hospital “San Roque”, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 8º: Desígnase a partir de la fecha del presente decreto, a la señora Carmen Patricia Banegas, CUIL 23-27275509-4, en el cargo categoría 4 (c-4), agrupamiento técnico, escalafón general de la unidad de organización R2-02-04 Hospital “San Roque”, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 9: Desígnase a partir de la fecha del presente decreto, a la señora Ofelia Beatriz Ochoa, CUIL 27-21846833-6, en el cargo categoría 4 (c-4), agrupamiento técnico, escalafón general de la unidad de organización R2-02-04 Hospital “San Roque”, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 10º: Desígnase a partir de la fecha del presente decreto, a la señora Susana Beatriz Sánchez, CUIL 27-20102841-3, en el cargo categoría 4 (c-4), agrupamiento técnico, escalafón general de la unidad de organización R2-02-04 Hospital “San Roque”, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 11º: Desígnase a partir de la fecha del presente decreto, al señor Dante Rolando Cussi, CUIL 20-29463175-6, en el cargo categoría 4 (c-4), agrupamiento técnico, escalafón general de la unidad de organización R2-02-04 Hospital “San Roque”, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 12º: La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes, se atenderá con la partida prevista en el presupuesto vigente Ley 5756 que a continuación se indica:
Ejercicio 2013:
“Gastos en personal” asignada a la jurisdicción “R” Ministerio de Salud –U. De O.: R2-02-04 Hospital “San Roque”.-
ARTICULO 13º: Autorízase a la Dirección Provincial de Presupuesto a realizar la transferencia de créditos presupuestarios que resulten necesarios, a los efectos de la atención de las disposiciones del presente decreto.-
ARTICULO 14º: El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda.-
ARTICULO 15º: Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a conocimiento de Contaduría de la Provincia, Direcciones Provinciales de Personal y Presupuesto. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR