BOLETÍN OFICIAL Nº 66 – 14/06/13
EXPTE. N° 721-579/11.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 ABR. 2013.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase el Artículo 1º del Decreto Nº 542-H-2012 en lo que respecta a la PPCIAL y Partida comprendidas en el Título PARA REFORZAR, siendo lo correcto:
PPCIAL 1 BIENES DE CONSUMO
P.S. PCIAL 1 Bienes de Consumo 133.392,00
ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y de Salud.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR