LEY N° 4728

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY N° 4728

ARTICULO 1º.- Transfiérase a la Policia de la Provincia los Lotes Fiscales 10; 11; 12; 13 y 14 de la Manzana 33, Padrón A-43379 al Padrón A-43383 del Barrio San Pedrito del Portal en el Departamento Dr. Manuel Belgrano, de propiedad del Estado Provincia de conformidad a Escritura Nº 57 de fecha 23 de mayo de 1979, con destino a la construcción de edificio para la Dirección Provincial de Institutos Policiales y Escuela Superior de Policía.

 

ARTICULO 2º.- Las partidas presupuestarias que demanden las construcciones mencionadas en el artículo precedente, deberán ser consideradas en el Plan de Obras Públicas previsto para 1994.

 

ARTICULO 3º.- Comuníquese al poder Ejecutivo Provincial.

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 de noviembre de 1993.

 

LUIS RAMON CALDERARI

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

NASSIB DALMACIO FIAD

Vice Presidente 1º

a/c de Presidencia

Legislatura de Jujuy

 

 

S.S. de Jujuy, 19 de Noviembre de 1993.

Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente; tome razón Fiscalía de Estado; dése al Registro y Boletín Oficial; pase al Tribunal de Cuentas; Contaduría de la Provincia; Ministerio de Gobierno y Justicia y Ministerio de Economía para su conocimiento y, oportunamente archívese.

 

JOSE CARLOS FICOSECO

GOBERNADOR

Sancionada 11/11/1993

Publicado en BO Nº 13 de fecha 31/01/1994