LEY Nº 4715
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 4715
ARTICULO 1º.- Apruébase el Convenio firmado el 19 de marzo de 1993, entre el Ministro de Cultura y Educación de la Nación, Ing. Jorge Alberto Rodriguez por una parte y el Gobernador de la Provincia de Jujuy, Dr. Roberto Rubén Dominguez por la otra, mediante el cual se dá por iniciado el PLAN SOCIAL EDUCATIVO en el territorio de la Provincia de Jujuy.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de octubre de 1993.-
LUIS RAMON CALDERARI
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
NASSIB DALMACIO FIAD
Vice Presidente 1º
a/c de Presidencia
Legislatura de Jujuy
Sancionada 21/10/1993
Publicado en BO Nº 129 de fecha 19/11/1993