LEY Nº 4715

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 4715

ARTICULO 1º.- Apruébase el Convenio firmado el 19 de marzo de 1993, entre el Ministro de Cultura y Educación de la Nación, Ing. Jorge Alberto Rodriguez por una parte y el Gobernador de la Provincia de Jujuy, Dr. Roberto Rubén Dominguez por la otra, mediante el cual se dá por iniciado el PLAN SOCIAL EDUCATIVO en el territorio de la Provincia de Jujuy.-

 

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 de octubre de 1993.-

 

LUIS RAMON CALDERARI

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

NASSIB DALMACIO FIAD

Vice Presidente 1º

a/c de Presidencia

Legislatura de Jujuy

Sancionada 21/10/1993

Publicado en BO Nº 129 de fecha 19/11/1993