LEY N° 4703
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 4703
ARTICULO 1°.- Ratifícase en todas sus partes el Decreto N° 5195-E de fecha 24 de marzo de 1993, mediante el cual se aprueba el Convenio suscripto con fecha 1° de marzo de 1993, entre el señor Director Provincial de Minería y Recursos Energéticos, Dr. Juan José Lanfranco y el Jefe de Gendarmería Nacional – Seccional Jujuy, Comandante Dr. Aníbal Eduardo Maiztegui, por el cual Gendarmería Nacional a través de su grupo “PURMAMARCA” y de las unidades móviles que recorran la zona, controlarán, ante funciones que delega la Dirección Provincial de Minería y Recursos Energéticos, el transporte de minerales, verificando el cumplimiento de disposiciones legales vigentes referentes a las guías de Tránsito.
ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de agosto de 1993.
C.P.N. ELIAS D. MARTIN DIP
SECRETARIO ADMINISTRATIVO
A/C SECRETARIA PARLAMENTARIA
LEGISLATURA DE JUJUY
NASSIB DALMACIO FIAD
Vice Presidente 1°
a/c de Presidencia
LEGISLATURA DE JUJUY
Sancionada 10/08/1993
Publicado en BO Nº 120 de fecha 27/10/1993