LEY N° 4697
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 4697
ARTICULO 1°.- Previa escrituración de los terrenos donados por el Sr. Salomón Alberto Franco al Club Defensores de Monterrico, cámbiase y desaféctase del Dominio Público Provincial, el tramo de la calle que separa las Manzanas individualizadas como 68 y 69, según Plano aprobado por Decreto N° 5928-H-75 y transfiérese al citado Club, para ser destinado a la construcción de sus instalaciones deportivas.
ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 de julio de 1993.-
C.P.N. ELIAS D. MARTIN DIP
SECRETARIO ADMINISTRATIVO
A/C SECRETARIA PARLAMENTARIA
LEGISLATURA DE JUJUY
NASSIB DALMACIO FIAD
Vice Presidente 1°
a/c de Presidencia
LEGISLATURA DE JUJUY
Sancionada 01/07/1993
Publicado en BO Nº 88 de fecha 04/08/1993