LEY N° 4695
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 4695
DE ADHESION A LA LEY NACIONAL N° 24.196 DE INVERSIONES MINERAS
ARTICULO 1°.- Adhiérese la Provincia de Jujuy al Régimen de la Ley N° 24.196 de Inversiones Mineras.
ARTICULO 2°.- Invítase a las Municipalidades y Comisiones Municipales a dictar normas de adhesión al régimen aprobado por la presente Ley.
ARTICULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 de julio de 1993.-
C.P.N. ELIAS D. MARTIN DIP
SECRETARIO ADMINISTRATIVO
A/C SECRETARIA PARLAMENTARIA
LEGISLATURA DE JUJUY
NASSIB DALMACIO FIAD
Vice Presidente 1°
a/c de Presidencia
LEGISLATURA DE JUJUY
Sancionada 01/07/1993
Publicado en BO Nº 88 de fecha 04/08/1993