LEY N° 4695

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY N° 4695

 

DE ADHESION A LA LEY NACIONAL N° 24.196 DE INVERSIONES MINERAS

 

ARTICULO 1°.- Adhiérese la Provincia de Jujuy al Régimen de la Ley N° 24.196 de Inversiones Mineras.

 

ARTICULO 2°.- Invítase a las Municipalidades y Comisiones Municipales a dictar normas de adhesión al régimen aprobado por la presente Ley.

 

ARTICULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 de julio de 1993.-

 

C.P.N. ELIAS D. MARTIN DIP

SECRETARIO ADMINISTRATIVO

A/C SECRETARIA PARLAMENTARIA

LEGISLATURA DE JUJUY

 

NASSIB DALMACIO FIAD

Vice Presidente 1°

a/c de Presidencia

LEGISLATURA DE JUJUY

Sancionada 01/07/1993

Publicado en BO Nº 88 de fecha 04/08/1993