LEY N° 4692

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

 

LEY N° 4692

ARTICULO 1°.- Apruébase el Acta-Acuerdo suscripta con fecha 17 de marzo de 1993, entre el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY representado por el Sr.  Gobernador Dr. ROBERTO RUBEN DOMINGUEZ y el MINISTERIO DEL INTERIOR representado por el Sr. Ministro Dr. GUSTAVO OSVALDO BELIZ, mediante el cual se considera oportuno hacer extensivo en forma parcial los Programas Especiales de Retiros Voluntarios a los agentes que prestaban sus servicios en el Establecimiento Altos Hornos Zapla y que han pasado a desempeñar tareas en la Empresa Aceros Zapla S. A., destinando el Ministerio del Interior a tales efectos la suma de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000,00) en cinco cuotas iguales y sucesivas de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000,00) cada una.

 

ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de junio de 1993.-

 

C.P.N. ELIAS D. MARTIN DIP

Secretario Administrativo

A/C Secretaria Parlamentaria

LEGISLATURA DE JUJUY

 

Dr. RIAD QUINTAR

Diputado Provincial

Presidente

Comisión de Asuntos Institucionales

a/c de Presidencia

LEGISLATURA DE JUJUY

 

Sancionada 10/06/1993

Publicado en BO Nº 80 de fecha 16/07/1993