LEY N° 4692
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 4692
ARTICULO 1°.- Apruébase el Acta-Acuerdo suscripta con fecha 17 de marzo de 1993, entre el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY representado por el Sr. Gobernador Dr. ROBERTO RUBEN DOMINGUEZ y el MINISTERIO DEL INTERIOR representado por el Sr. Ministro Dr. GUSTAVO OSVALDO BELIZ, mediante el cual se considera oportuno hacer extensivo en forma parcial los Programas Especiales de Retiros Voluntarios a los agentes que prestaban sus servicios en el Establecimiento Altos Hornos Zapla y que han pasado a desempeñar tareas en la Empresa Aceros Zapla S. A., destinando el Ministerio del Interior a tales efectos la suma de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000,00) en cinco cuotas iguales y sucesivas de PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000,00) cada una.
ARTICULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de junio de 1993.-
C.P.N. ELIAS D. MARTIN DIP
Secretario Administrativo
A/C Secretaria Parlamentaria
LEGISLATURA DE JUJUY
Dr. RIAD QUINTAR
Diputado Provincial
Presidente
Comisión de Asuntos Institucionales
a/c de Presidencia
LEGISLATURA DE JUJUY
Sancionada 10/06/1993
Publicado en BO Nº 80 de fecha 16/07/1993