LEY Nº 3768
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 de marzo de 1981
EXP. Nº 1058-M-1980.-
VISTO:
Lo actuado en este Expte. Nº 1058-M-1980, caratulado: “MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL. E/ DOCUMENTACIÓN DE LOS TRABAJOS DE MENSURA P/ LA EXPROPIACIÓN DE UNA FRACCIÓN DEL LOTE 1 DE LA MANZ. “R” PROPIEDAD DEL CLUB TIRO Y GIMNASIA, DESTINADO AL ENSANCHE DE CALLE MARCONI (ACCESO A Bº CUYAYA Y M. MORENO)”, y el Decreto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades legislativas concedidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY Nº 3768
ARTÍCULO 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción del inmueble individualizado como Lote 1 de la manzana “R”, Padrón A-2188, ubicado en el Barrio Cuyaya de esta Capital, con una superficie de 774,6237 m2. según plano de mensura de fracción para expropiación aprobado por Resolución Nº 16/1981 de la Dirección General de Inmuebles, de propiedad de la SOCIEDAD DE TIRO Y GIMNASIA Y ESGRIMA DE JUJUY o de quien o quienes resultaren ser sus legítimos dueños.
ARTÍCULO 2º.- La expropiación de la fracción de referencia será efectuada por la Municipalidad de la Capital de conformidad de las disposiciones de los artículos 3º, 5º, 6º y concordantes de la Ley 3018/73 de Expropiación General, modificada por Ley Nº 3084/73, y artículo 220 de la Ley 3198/75 Orgánica de Municipios, y con destino al ensanchamiento de la Calle Marconi de ésta ciudad.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que irrogue el cumplimiento de la presente ley se atenderá con los recursos genuinos de la Municipalidad de la Capital.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en forma integral, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen conocimiento Tribunal de Cuentas, Contaduría General, Dirección General de Inmuebles y pase a la Municipalidad de la Capital a sus efectos.
FERNANDO VICENTE URDAPILLETA
GENERAL DE BRIGADA (RE)
GOBERNADOR
Sancionada 23/03/1981
Publicado en BO Nº 40 de fecha 03/04/1981