BOLETÍN OFICIAL Nº 69 – 24/06/13
EXPTE Nº 723 -1221/12.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 MAY. 2013.-
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que el Dr. Aníbal Massaccesi, en su carácter de Apoderado Legal de la Sra. MARIA DEL CARMEN OJEDA, D.N.I. Nº 11.762.919, solicita ante la Dirección del Hospital “Dr. Oscar Orias”, el cese de la aplicación de las leyes de emergencia, la recategorización de conformidad a los términos de las Leyes Nº 5404 y 5543 y el pago de las diferencias salariales adeudadas en tal concepto; y
Por ello y en uso de las facultades que le son propias;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Imprimase a la presentación efectuada por el Dr. Aníbal Massaccesi, en su carácter de Apoderado Legal de la Sra. MARIA DEL CARMEN OJEDA, D.N.I. Nº 11.762.919, el trámite de reclamación Administrativa previa, de conformidad a lo expresado en el exordio.
ARTICULO 2º.- Como consecuencia de lo dispuesto en el articulo precedente, rechazase por improcedente la reclamación administrativa previa interpuesta por el Dr. Aníbal Massaccesi, en su carácter de Apoderado Legal de la Sra. MARIA DEL CARMEN OJEDA, D.N.I. Nº 11.762.919, por las razones invocadas en el exordio.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR