BOLETÍN OFICIAL Nº 74 – 30/06/17

SICOM S.A. En cumplimiento del artículo 10 de la Ley N° 23.576 de Obligaciones Negociables y modificatorias, por el presente SICOM S.A. (la “Sociedad”): a) De conformidad con lo resuelto por el Directorio de Sicom S.A. (la “Sociedad”) de fecha 02 de junio de 2017, la Sociedad ha dispuesto la emisión de Obligaciones Negociables Pyme Clase IV (las “Obligaciones Negociables”), por hasta un monto de $60.000.000 ampliable hasta un máximo de $100.000.000 (o su equivalente en otras monedas) en el marco del Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables Pyme por un Valor Nominal de hasta $100.000.000, monto de emisión que fuera elevado a dicha suma según lo resuelto por la Asamblea de Accionistas de fecha 8 de Agosto de 2016. b) Emisora: Sicom S.A., Lamadrid 191, Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy. Inscripta en el Registro Público de Comercio de la Provincia de Jujuy, folio 303, acta Nº 297 del Libro I de Sociedades Anónimas, con fecha 12 de diciembre de 2008. Conforme lo dispuesto en el Artículo 2º del contrato social, el plazo de duración de la sociedad es de noventa y nueve (99) años a contar desde la fecha de inscripción del contrato social en el Registro Público de Comercio. c) Objeto social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros las siguientes operaciones: a) Administrar por cuenta de sus propietarios, bienes, explotaciones, industrias, comercios, patrimonios, sucesiones y cualquier otro ente o actividad que pudiera producir ganancias o dividendos. b) Prestar servicios de facturación comercial y su mantenimiento; c) Gestión de cobranzas; d) Otorgar créditos, exclusivamente con fondos propios; e) Administrar y explotar servicios de atención medica; f) Comprar, vender y prestar servicios relacionados con la tecnología informática y de última generación. d) Capital social: $43.241.000. Patrimonio neto al 31/03/2017: $202.746.019. e) Monto de la emisión: hasta un monto de $60.000.000 ampliable hasta un máximo de $100.000.000 (o su equivalente en otras monedas) a ser emitidas en pesos. f) La Sociedad emitió anteriormente Obligaciones Negociables Pyme por un monto de $15.000.000, las Obligaciones Negociables Pyme Serie II por un monto de $7.500.000, y las Obligaciones Negociables Serie III por un monto de $40.000.000. Las Obligaciones Negociables Pyme Serie III se hallan garantizadas mediante un Fideicomiso de Garantía en el marco del cual TMF Trust Company (Argentina) S.A. se desempeña como Fiduciario. g) Las Obligaciones Negociables contarán con garantía especial. En beneficio de los tenedores de las Obligaciones Negociables se suscribirá un contrato de fideicomiso en garantía mediante el cual la Sociedad, en carácter de Fiduciante cederá al Fiduciario, TMF Trust Company (Argentina) S.A., en propiedad fiduciaria, créditos/pagarés originados por la Sociedad en el desarrollo de su actividad comercial. h) La amortización del capital de las Obligaciones Negociables será efectuada en forma semestral mediante 5 pagos consecutivos iguales. i) Las Obligaciones Negociables devengarán intereses a la tasa variable nominal anual igual a la suma de (i) Tasa Badlar Privada aplicable al Período de Devengamiento de Intereses; más (ii) el Margen de Corte, y será informada mediante el Aviso de Resultados. La “Tasa Badlar Privada” para cada Período de Devengamiento de Intereses será equivalente al promedio aritmético simple (ajustado a 4 decimales) de las tasas de interés para depósitos a plazo fijo de más de un millón de pesos –BADLAR promedio bancos privados-, calculado en base a las tasas publicadas por el BCRA durante el período que se inicia el séptimo (7) Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Devengamiento de Intereses y que finaliza (e incluye) el octavo (8) Día Hábil anterior a la Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables correspondiente. En caso que el BCRA suspenda la publicación de dicha tasa de interés (i) se considerará la tasa sustituta de dicha tasa que informe el BCRA; o (ii) en caso de no existir dicha tasa sustituta, se considerará como tasa representativa el promedio aritmético de tasas pagadas para depósitos en pesos por un monto mayor a un millón de pesos para idéntico plazo por los cinco (5) primeros bancos privados según el último informe de depósitos disponibles publicados por el BCRA. Por “Margen de Corte” se entiende  la cantidad de puntos básicos (expresados como porcentaje nominal anual)  que surja del proceso de determinación de la misma detallado en presente, y que será informado oportunamente a través de la publicación del Aviso de Resultados. j) Las Obligaciones Negociables no son convertibles en acciones. Fdo. CPN Raúl E. Zarif – Presidente.-

 

30 JUN. LIQ. Nº 11064 $175,00.-