BOLETÍN OFICIAL Nº 74 – 30/06/17
EXPTE. N° 300-549/2010.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 JUN. 2017.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.-Otorgase Personería Jurídica a favor de la entidad denominada “SOCIEDAD LIBRE – ASOCIACION CIVIL”, con asiento en esta Ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de treinta y cinco (35) Artículos, y corre agregado de fs. 22 a 26 de autos.-
C.P. N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR