BOLETÍN OFICIAL Nº 74 – 05/07/13
EXPTE. N° 0412-625/2011.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 MAY. 2013.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el cese en servicio activo del Cabo Primero de Policía de la Provincia, LUIS DORIA MEDINA, D.N.I. Nº 18.829.239, Legajo 14.243, por encontrarse comprendido en las disposiciones del Articulo 14º, inc k) en concordancia con el Articulo 22º, inc. c) de la Ley Nº 3759/81 (Retiro Obligatorio por Invalidez, por enfermedad desvinculada del servicio)
ARTÍCULO 2º.- Por POLICÍA de la provincia (departamento personal) notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el Capitulo III, Artículos 50º, 51º y ccs. de la Ley Nº 1886/48, bajo apercibimiento de la instrucción de los sumarios administrativos/judiciales pertinentes por incumplimiento a lo normado por el presente Decreto.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR