BOLETÍN OFICIAL Nº 74 – 05/07/13
EXPTE Nº 771-139/ 12
SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 MAR. 2013
VISTO:
Las presente actuaciones por las que tramite la aprobación de los Convenios Nº 544, y Nº 675, los cuales tienen como objeto implementar el “Programa de Prevención de la Discriminación, el Abuso y Maltrato hacia los Adultos Mayores”, celebrados entre la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia representada por su titular Dr. Gabriel Lemer, y la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Jujuy, representada por su titular Sra. Silvia Carrizo Villaroel y;
CONSIDERANDO:
Que, los mencionados Convenios tienen previsto desarrollarse en las localidades de San Salvador de Jujuy, San Pedro y la Quiaca, y poseen como finalidad concientizar a la población en general acerca de la conveniencia de modificar hábitos que aumentan las oportunidades de que los Adulto Mayores se transformen en victimas, como así también tipificar las formas habituales de ejercicio de violencia sobre ellos;
Que, dicho objetivo se materializa otorgando a la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia de Jujuy-con carácter de subsidio no reintegrable y sujeto a Rendición de Cuentas-la suma de total de Pesos Ciento Cuarenta y Cinco Mil Cuatrocientos Cuarenta ($ 145.440.-) para aplicar a la ejecución de tres proyectos en marco del Programa de “Prevención de Discriminación, el Abuso y el Maltrato hacia los Adultos Mayores”;
Que, en las cláusulas que conforman los presentes Convenios, se establecen las acciones a desarrollar en el ámbito de su competencia, a la que se someten las partes intervinientes;
Que el Art. Nº 3 Inc. 2 de la Constitución de la Provincia de Jujuy establece que: “La Provincia podrá celebrar tratados y convenios con el Gobierno Federal, otras Provincias o Entes de Derecho Publico o Privado que favorezcan intereses recíprocos o que contribuyan a su progreso económicos y social…”, por lo que al celebración del presente convenio se ha realizado en consonancia con lo allí dispuesto;
Que mediante la implementación de los Programas mencionados se persigue la protección de las personas de avanzada edad, lo que constituye un deber del Estado Provincial, en función de los Derechos enumerados en el Capitulo II, Sección I y Articulo 49 de nuestra Carta Magna Provincial;
Que, a fs. 46 Asesoria Legal del Ministerio de Desarrollo Social emite dictamen de competencia, compartido a fs. 49 vta. por la Coordinación del Departamento de Asuntos Legales de Fiscalia de Estado. De cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para la emisión del presente dispositivo legal;
Por ello, en uso de la facultades que le son propias y a los efectos de regularización administrativa;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Apruebase en todas sus partes los Convenios Nº 544, y Nº 675, los cuales tienen como objeto implementar el “Programa de Prevención de la Discriminación, el Abuso y Maltrato hacia los Adultos Mayores”, celebrados entre la Secretaria Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia de la Nación representada por su titular Dr. Gabriel Lemer, y la Secretaria DE Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Jujuy, representada por su titular Sra. Silvia Carrizo Villaroel obrante a fs. 04/20 y 26/39 respectivamente, de conformidad a lo manifestado en el exordio.
ARTICULO 2º.- Dispónese que por Escribanía de Gobierno, se proceda a Protocolizar el Convenio que se aprueba por el Articulo precedente.
ARTICULO 3º.-Previa toma de razón por Fiscalia de Estado, pase a Escribanía de Gobierno para su Protocolización, a Tribunal de Cuentas para su conocimiento, comuníquese, Publíquese en forma integral, dése al Registro y Boletín Oficial, pase a la Secretaria General de la Gobernación para su posterior remisión a la Legislatura de la Provincia y Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos. Cumplido archívese.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR