BOLETÍN OFICIAL Nº 73 – 28/06/17
Contrato de Cesión de Cuotas Sociales S.R.L.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 31 días del mes de enero de dos mil diecisiete, reunidos los Sres. CARLOS ALBERTO TORRES, CUIL N° 20-10300782-9, nacido el 8/04/1952, de estado civil divorciado, comerciante, con domicilio en calle Claveri Nº 321 Bº Bernachi, ciudad de San Pedro de Jujuy, Provincia de Jujuy, argentino, DNI Nº 10.300.782, socio de MADERAS CAIMANCITO Sociedad de Responsabilidad Limitada, CUIT N° 30-71087770-6, que se halla inscripta en el Registro Público de Comercio con fecha once de mayo del año dos mil seis al Folio 492 Asiento 480 del Libro II de Sociedades de Responsabilidad Limitada por una parte, en adelante el CEDENTE y por la otra el RAMON ENRIQUE BRIZUELA, con Documento Nacional de Identidad Nº 14.085.157,CUIT N° 20-14085157-5, nacido el 5/03/1961, comerciante, casado con Mirta Alejandra Cruz DNI N° 18.201.468, con domicilio en calle San Antonio Nº 795, barrio Alto Gorriti de la ciudad de San Salvador de Jujuy, en adelante el CESIONARIO convienen celebrar el presente CONTRATO DE CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES, sujeto a las cláusulas que se detallan a continuación: Primera: El CEDENTE cede, vende y transfiere al CESIONARIO ciento cincuenta (150) cuotas partes de la referida sociedad MADERAS CAIMANCITO S.R.L, de las que es propietario, representativas del 60 % del capital social, de valor nominal de $100 cada una. Segunda: El CEDENTE declara que la presente cesión y venta incluye la totalidad de los derechos de suscripción y preferencia que correspondan a dichas cuotas partes, como así también cede todos los saldos pendientes acreedores o deudores de sus cuentas particulares y/o dividendos o beneficios no percibidos, en el supuesto que los hubiere o pudiere corresponderles por el corriente ejercicio y por los ejercicios anteriores, renunciando a todos sus derechos y declarando que no tiene reclamo alguno que formular, quedando el CEDENTE totalmente desvinculada de MADERAS CIAMANCITO S.R.L.- Tercera: El CEDENTE y el CESIONARIO, declaran que a través de los estados contables comprobantes y documentación, incluyendo el respectivo contrato social, se encuentran plenamente en conocimiento de la situación patrimonial, económica y financiera de LA SOCIEDAD que aceptan y ratifican totalmente.- Cuarta: La presente cesión se realiza por el precio total y definitivo de Doscientos Veinte Mil Pesos ($220.000), los cuales fueron pagados con anterioridad por el CESIONARIO, sirviendo el presente de formal recibo y carta de pago total, declarando el CEDENTE quedar totalmente desinteresado por esa suma. Quinta: El CEDENTE otorga por este, poder especial en favor de las Dras. María Laura Flores y Mercedes Florencia Zamorano, por el término de dos años, para realizar todas las tramitaciones y diligencias necesarias hasta lograr la inscripción definitiva de la presente cesión ante el Registro Público de Comercio, quedando éstas facultadas para proponer y/o aceptar las modificaciones o ampliaciones a la presente cesión en tanto no desvirtúen las condiciones de precio, plazos, modalidades y garantías asumidas en este contrato por el CESIONARIO, y al contrato social, que la Registro Público de Comercio imponga. Igualmente las mandatarias están facultadas para interponer todos los recursos que las leyes procesales, administrativas y de sociedades comerciales prevén, firmando escritos, documentos y escrituras públicas que se requieran para tal fin y para que realicen todos los demás actos, gestiones y diligencias que fueren necesarios para el mejor mandato, que podrán sustituir. Sexta: Encontrándose presente en este acto el restante socio, Sr. Carlos Ezequiel ALVA. DNI N° 27.575.751, presta conformidad con la presente cesión, firmando en prueba de ello al pie. Del presente se firman tres ejemplares, de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha de su otorgamiento.- ACT. NOT. Nº B-00288456, ESC. CLAUDIA VIVIANA YURQUINA, TIT. REG. Nº 86, S.S. DE JUJUY.-
Ordénese la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 10 de la Ley 19550.-
San Salvador de Jujuy, 09 de Junio de 2017.-
MARTA ISABEL CORTE
P/ HABILITACION AL JUZGADO DE COMERCIO
28 JUN. LIQ. Nº 10878 $270,00.-