BOLETÍN OFICIAL Nº 73 – 28/06/17

DECRETO Nº 6153-H/2006.-

EXPTE. Nº 500-730/2004.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 AGO. 2006.-

VISTO:

Las presentes actuaciones mediante las cuales el Ministerio de Hacienda gestiona la rejerarquización del Personal de Planta Permanente de su dependencia conforme Ley N° 5404/04 y demás normas complementarias y reglamentarias, y

CONSIDERANDO:

Que la rejerarquización indicada no incrementa el número total de cargos;

Que la Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal han emitido los informes de su competencia;

Por ello, en uso de atribuciones que le son propias y a los fines de su regularización administrativa,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTÍCULO 1°.- Modificase la Planta de Personal Permanente prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2004, conforme se indica a continuación:…

ARTÍCULO 2°.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo precedente, corresponde rejerarquizar al Personal de Planta Permanente del Ministerio de Hacienda, conforme Anexo I (Agrupamiento Administrativo y Serv. Generales) y Anexo II (Agrupamiento Profesional Ley N°4413), los cuales forman parte integrante de este decreto.

ARTICULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente decreto se atenderá de la siguiente manera:

EJERCICIO 2004 — 2005

Las rejerarquizaciones que cuenten con imputación en el Ejercicio 2004 y 2005 se atenderán con las respectivas partidas de Gasto en Personal, que a tal efecto se encontraba previsto en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ley 5402, Ejercicio 2004 y Ley 5454 Ejercicio 2005.

EJERCICIOS ANTERIORES (período no consolidado)

Las rejerarquizaciones que no cuenten con imputación al Ejercicio 2004 y 2005 se atenderán con la partida Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26: Para pago de obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, Ejercicio 2006, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente decreto que correspondan a ejercicios anteriores. A tales fines la Unidad de Organización respectiva deberá elaborar las planillas de liquidación correspondientes las que previa revisión por parte de Contaduría de la Provincia, serán remitidas a la Oficina de Crédito Público a sus demás efectos. Asimismo, Contaduría de la Provincia deberá verificar la existencia de saldo en dicha partida.

EJERCICIO 2006

Con la respectiva partida de “Gasto en Personal” asignada a la Jurisdicción “C” Ministerio de Hacienda -Unidad de Organización “C1” Ministerio-.

ARTICULO 4°.-Autorízase a Contaduría de la Provincia a realizar la transferencia de créditos presupuestarios que resulten necesarios para la atención de las disposiciones del presente decreto.

ARTICULO 5°.- Lo dispuesto en este decreto rige a partir del 01 de julio de 2004.

 

DR. EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR