LEY Nº 5155
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY Nº 5155
ARTICULO 1.- Exceptúase del régimen de congelamiento de la planta de personal y supresión de vacantes, establecidos por la Ley Nº 5101 “Declarativa del Estado de Emergencia del Sector Público”, los cargos previstos presupuestariamente por la Ley Nº 5118 de “Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos – Ejercicio 1999”- en las Unidades de organización dependientes de la Jurisdicción “E” Ministerio de Bienestar Social, que a continuación se detallan:
A partir del 01 de Enero de 1999.
1.- Area Programática Hospital La Esperanza
Personal Jerárquico Fuera de Escala Cant. 2
Personal Profesional A (J-1) Cant. 9
Escalafón General 13 AMH Cant. 5
Escalafón General 7 AMH Cant. 9
Escalafón General 10 AMH Cant. 2
Escalafón General 4 AMH Cant. 9
Escalafón General 4 Cant. 5
TOTAL 40
2.- Area Programática Hospital La Mendieta
Personal Jerárquico Fuera de Escala Cant. 2
Personal Profesional A (J-1) Cant. 6
Escalafón General 13 AMH Cant. 5
Escalafón General 10 AMH Cant. 2
Escalafón General 7 AMH Cant. 6
Escalafón General 4 AMH Cant. 4
TOTAL 25
3.- Area Programática XVIII – Susques
Personal Jerárquico Fuera de Escala Cant. 1
Personal Profesional A (J-1) Cant. 4
Escalafón General 19 AMH Cant. 1
Escalafón General 8 AMH Cant. 10
Escalafón General 2 AMH Cant. 1
Escalafón General 1 AMH Cant. 1
TOTAL 18
4.- Area Programática 1 – Centro Sanitario
Escalafón General 4 AMH Cant. 2
5.- Area Programática II – El Carmen
Escalafón General 4 AMH Cant. 2
6.- Area Programática III – Perico Escalafón General
Escalafón General 4 AMH Cant. 3
7.- Area Programática IV – San Pedro
Escalafón General 4 AMH Cant. 4
8.- Area Programática V – Libertador General San Martín
Escalafón General 4 AMH Cant. 4
9.- Area Programática VI – Fraile Pintado
Escalafón General 4 AMH Cant. 2
10.- Area Programática VII – Yuto
Escalafón General 4 AMH Cant. 2
11.- Area Programática VIII – Maimará
Escalafón General 4 AMH Cant. 3
12.- Area Programática IX – Tilcara
Escalafón General 4 AMH Cant. 2
13.- Area Programática X – Humahuaca
Escalafón General 4 AMH Cant. 3
14.- Area Programática XI – Abra Pampa
Escalafón General 4 AMH Cant. 6
15.- Area Programática XV – Palma Sola
Escalafón General 4 AMH Cant. 1
16.- Area Programática XVI – Palpalá
Escalafón General 4 AMH Cant. 3
17.- Area Programática XVII – San Roque
Escalafón General 4 AMH Cant. 6
18.- Area Programática XVIII – Susques
Escalafón General 4 AMH Cant. 4
19.- Area Programática – MBS
Escalafón General 4 AMH Cant. 3
A partir del 01 de Julio de 1999
20.- Area Programática XVI – Hospital Público Palpalá
Personal Jerárquico Fuera de Escala Cant. 2
Personal Profesional A (J-1) Cant. 8
Escalafón General 13 (C-4) 44 Horas Cant. 4
Escalafón General 7 (C-4) 44 Horas Cant. 8
TOTAL 22
A partir del 01 de Agosto de 1999
21.- Area Programática XVII – Hospital San Roque
Personal Profesional A (J-1) Cant. 3
Personal Profesional A (J-2) Cant. 14
Personal Profesional A – 30 Cant. 2
Personal Profesional A-4 Cant. 1
Escalafón General 13 (C-4) 44 Horas Cant. 21
Escalafón General 13 (C-4) Cant. 4
Escalafón General 3 Cant. 1
TOTAL 46
ARTICULO 2.- Exceptúase del régimen de congelamiento de la planta de personal y supresión de cargos vacantes establecidos por la Ley Nº 5101, a las Unidades de Organización dependientes de la Jurisdicción “E” – Ministerio de Bienestar Social en los cargos y funciones que a continuación se indican:
– Centro Sanitario, Hospitales y Puestos de Salud
a) Personal Profesional para cumplir funciones de guardia personal profesional único de puesto de salud.
b) personal de Enfermería (Licenciadas, Enfermeras Profesional y/o Auxiliares de Enfermería), para cumplir funciones de guardia o personal único en los puestos de salud o servicios asistenciales.
c) Personal Técnico (de Laboratorio, de Radiología, de Instrumentación Quirúrgica, Esterilización, Estadísticas y Asistente Dental), con funciones de guardia o personal único en los puestos de salud o servicios asistenciales.
d) Agentes Sanitarios, cuando se trate de personal único en comunidades alejadas de la sede del Area Programática o en puestos de salud.
e) Personal de Servicios Generales (Mucamas, Lavanderas, Cocineras, Choferes y Costureras.
En todos los casos, la autorización establecida en el presente articulo se refiere exclusivamente a la efectiva prestación de servicios en los respectivos Centros Sanitarios, Hospitales y Puestos de Salud.
ARTICULO 3.- Autorizar al Ministerio de Bienestar Social, a efectuar las trasferencias de cargos o personas entre las distintas Areas Programáticas, causado las mismas se produjeran como consecuencia de Selección de Postulantes y se conserve igual número de cargos e idéntica carga horaria entre las áreas.
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 de julio dé 1999.-
C.P.N. EDUARDO ROQUE ARNEDO
SECRETARIO ADMINISTRATIVO
A/C. SECRETARIA PARLAMENTARIA
LEGISLATURA DE JUJUY
Ing. HECTOR RUBEN DAZA
VICEPRESIDENTE 1º
A/C. DE PRESIDENCIA
LEGISLATURA DE JUJUY
Sancionada 22 /07/1999
Publicado en BO Nº 100 de fecha 30/08/1999