LEY Nº 3746
SAN SALVADOR DE JUJUY, 26 de diciembre de 1980
EXP. Nº 1736-D-80.-
VISTO:
Lo actuado en este expediente Nº 1736-D-1980, caratulado: “DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD. E/CONVENIO DE TRANSFERENCIA A LA MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL OBRA: RUTA s/n TRAMO: PUENTE SOBRE RÍO GRANDE-PROLONGACIÓN CALLE OTERO”, y el Decreto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades legislativas concedidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY Nº 3746
ARTÍCULO 1º.- Ratifícase en todas sus partes el CONVENIO suscripto con fecha 2 de noviembre de 1979, entre el señor Presidente de la dirección Provincial de Vialidad, Ingeniero HUGO ROBERTO SCARO, y el señor Intendente Municipal de la Capital, Ingeniero PABLO FERNANDO LABARTA, por el que se acuerda la transferencia a jurisdicción del municipio la obra: “RUTA s/nº – TRAMO: PUENTE SOBRE EL RÍO GRANDE EN PROLONGACIÓN CALLE OTERO” de la ciudad de san Salvador de Jujuy.
ARTÍCULO 2º.- Por Escribanía de Gobierno se procederá a escriturar la transferencia de que trata la presente ley.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese -en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas y Contaduría General, Dirección Provincial de Vialidad y pase a Escribanía de Gobierno a sus efectos.-
ROBERTO JORGE ALVAREZ
MINISTRO DE ECONOMIA
FERNANDO VICENTE URDAPILLETA
GENERAL DE BRIGADA (RE)
GOBERNADOR
RICARDO JOSE ALDAO
CORONEL
MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y EDUCACIÓN
Dr. CARLOS MARTIN J. BARCENA
MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL
Sancionada 26/12/1980
Publicado en BO Nº 10 de fecha 23/01/1981