LEY Nº 3744
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 de diciembre de 1980
EXP. Nº 1778-M-1978.-
VISTO:
Lo actuado en este Expediente Nº 1766/M/1978, caratulado: “MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL. E/ ACTUACIONES CONTENIENDO UN PLANO DE MENSURA DE FRACCIÓN DE TERRENO UBICADA EN LA MANZANA Q, DEL BARRIO GORRITI PERTENECIENTE AL M.B.S. CUYA TRANSFERENCIA SE SOLICITA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD”, y el Decreto nacional Nº 877/1980, en ejercicio de las facultades legislativas concedidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY Nº 3744
ARTICULO 1º.- Transfiérase en propiedad a título gratuito y a nombre de la Municipalidad de la Capital, con destino a sede propia, el inmueble fiscal – terreno y edificación- individualizada como Lote 2 de la Manzana Q, Padrón A-2067, ubicado en el Bº Gorriti de esta ciudad, con una superficie neta de 9.901,24 m2, según plano de mensura aprobado por Resolución Nº 37/1979 de la dirección general de Inmuebles.
ARTICULO 2º.- Por escribanía de Gobierno se procederá a otorgar la respectiva escritura traslativa de dominio.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese -en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas, Contaduría General, y pase a Escribanía de Gobierno a sus efectos.-
ROBERTO JORGE ALVAREZ
Ministro de Economía
FERNANDO V. URDAPILLETA
General de Brigada (RE)
GOBERNADOR
RICARDO JOSE ALDAO
Coronel (RE)
Ministro de Gobierno Justicia y Educación
CARLOS MARTIN J. BARCENA
Ministro de Bienestar Social
Sancionada 23/12/1980
Publicado en BO Nº 10 de fecha 23/01/1981