LEY Nº 3744

SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 de diciembre de 1980

 

EXP. Nº 1778-M-1978.-

 

VISTO:

Lo actuado en este Expediente Nº 1766/M/1978, caratulado: “MUNICIPALIDAD DE LA CAPITAL. E/ ACTUACIONES CONTENIENDO UN  PLANO DE MENSURA DE FRACCIÓN DE TERRENO UBICADA EN LA MANZANA Q, DEL BARRIO GORRITI PERTENECIENTE AL M.B.S. CUYA TRANSFERENCIA SE SOLICITA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD”, y el Decreto nacional Nº 877/1980, en ejercicio de las facultades legislativas concedidas por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 3744

ARTICULO 1º.- Transfiérase en propiedad a título gratuito y a nombre de la Municipalidad de la Capital, con destino a sede propia, el inmueble fiscal – terreno y edificación- individualizada como Lote 2 de la Manzana Q, Padrón A-2067, ubicado en el Bº Gorriti de esta ciudad, con una superficie neta de 9.901,24 m2, según plano de mensura aprobado por Resolución Nº 37/1979 de la dirección general de Inmuebles.

 

ARTICULO 2º.- Por escribanía de Gobierno se procederá a otorgar la respectiva escritura traslativa de dominio.

 

ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese -en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas, Contaduría General, y pase a Escribanía de Gobierno a sus efectos.-

 

ROBERTO JORGE ALVAREZ

Ministro de Economía

 

FERNANDO V. URDAPILLETA

General de Brigada (RE)

GOBERNADOR

 

RICARDO JOSE ALDAO

Coronel (RE)

Ministro de Gobierno Justicia y Educación

 

CARLOS MARTIN J. BARCENA

Ministro de Bienestar Social

 

 

 

 

Sancionada 23/12/1980

Publicado en BO Nº 10 de fecha 23/01/1981