BOLETÍN OFICIAL Nº 79 – 17/07/13

Icon_PDF_6DECRETO Nº 3018-S.-

EXPTE. Nº 733-68/13 y Agdos. Nº 715-617/13, Nº 715-618/13, Nº 715-621/13, y Nº 715-622/13.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 JUN. 2013.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que el Dr. Aníbal Massaccesi, en su carácter de Apoderado Legal de las Sras. Lucia martina velazquez, D.N.I. Nº 14.550.873, JUANA ANTONIA LEAÑO, D.N.I. Nº 05.731.114, AGUSTINA CHAUQUE, D.N.I. Nº 05.730.812, MIRTA VIOLETA ZENTENO, D.N.I. Nº 14.373.987 y MIRIAM YOLANDA QUIROGA, D.N.I. Nº 12.718.018, solicita ante la Dirección de los Hospitales “Wenceslao Gallardo” y “Dr. Héctor Quintana”, el cese de la aplicación de las leyes de emergencia, la recategorizacion de conformidad a los términos de las leyes Nº 5404 y 5543 y el pago de las diferencias salariales adeudadas en tal concepto, y

Por ello y en uso de las facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Imprimase a las presentaciones efectuadas por el Dr. Aníbal Massaccesi, en las actuaciones Expte. Nº 733-68/13, Nº 715-617/13, Nº 715-618/13, Nº 715-621/13 y Nº 715-622/13, en su carácter de Apoderado Legal de las Sras. Lucia martina velazquez, D.N.I. Nº 14.550.873, JUANA ANTONIA LEAÑO, D.N.I. Nº 05.731.114, AGUSTINA CHAUQUE, D.N.I. Nº 05.730.812, MIRTA VIOLETA ZENTENO, D.N.I. Nº 14.373.987 y MIRIAM YOLANDA QUIROGA, D.N.I. Nº 12.718.018, el trámite de reclamaciones administrativas previas, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTICULO 2º.-Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo precedentes, rechazase por improcedentes las reclamaciones administrativas previas interpuestas por el Dr. Aníbal Massaccesi, en su carácter de Apoderado Legal de las Sras. LUCIA MARTINA VELAZQUEZ, D.N.I. Nº 14.550.873, JUANA ANTONIA LEAÑO, D.N.I. Nº 05.731.114, AGUSTINA CHAUQUE, D.N.I. Nº 05.730.812, MIRTA VIOLETA ZENTENO, D.N.I. Nº 14.373.987 y MIRIAM YOLANDA QUIROGA, D.N.I. Nº 12.718.018, por las razones invocadas en el exordio.-

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR