LEY Nº 3736

SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de noviembre de 1980

 

EXP. Nº 1863-M-80.-

 

VISTO:

El convenio celebrado entre el Gobierno de la Provincia de Jujuy y el Gobierno de la Nación Argentina, referente a la adhesión provincial al Plan Nacional para el Control de la Contaminación de los Recursos Hídricos, y el Decreto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades legislativas concedidas por la Junta Militar,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY Nº 3736

 

ARTÍCULO 1º.- Ratifícase en todas sus partes el CONVENIO celebrado con fecha 2 de enero de 1980 entre el GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY y el GOBIERNO DE LA NACIÓN ARGENTINA, por el que la Provincia de Jujuy se adhiere al sistema de coordinación del planeamiento y control de la calidad de las aguas del país, que constituye la misión que debe llevar a cabo la COMISIÓN NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA EL CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS creada por las Resoluciones Nº 573/78 y 644/78 de los Ministerios de Economía y Bienestar Social de la Nación, respectivamente.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese -en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas y Contaduría General y pase a la Secretaría de Estado de Obras y Servicios Públicos a sus efectos.-

 

ROBERTO JORGE ALVAREZ

MINISTRO DE ECONOMIA

 

FERNANDO VICENTE URDAPILLETA

GENERAL DE BRIGADA (RE)

GOBERNADOR

 

RICARDO JOSE ALDAO

CORONEL

MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y EDUCACIÓN

 

Dr. CARLOS MARTIN J. BARCENA

MINISTRO DE BIENESTAR SOCIAL

 

 

 

 

Sancionada 12/11/1980

Publicado en BO Nº 9 de fecha 21/01/1981