BOLETÍN OFICIAL Nº 85 – 31/07/13
EXPTE Nº 0300-541-2012.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 JUL. 2013.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otórgase Personería Jurídica a favor de la “FUNDACIÓN LESIONADO MEDULAR ARGENTINA”, con asiento en esta Cuidad y consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de Diecinueve (19) Artículos, y corre agregados de fs. 05 a 11 de autos.
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR