BOLETÍN OFICIAL Nº 71 – 23/06/17

Dra. Silvia Elena Yecora – Juez – Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y

Comercial N° 2 – Secretaria N° 3, en el Expte. N°  C-054782/15 caratulado: “EJECUTIVO: CREDINEA S.A. C/ CONTRERAS MATIAS JESUS”, hace saber al SR. CONTRERAS MATIAS JESUS, que se ha dictado el siguiente PROVEIDO DE FS.49:”San Salvador de Jujuy, 19 de Octubre del 2016.- Atento a haberse cumplimentado en autos con los extremos exigidos por el Art. 162, líbrese Edictos a fin de notificar al demandado del proveído de fs 12 de los presentes autos, el que deberá ser publicado en un diario local y en el Boletín Oficial tres veces en CINCO DIAS, haciéndole saber al accionado que los términos comienzan a correr a partir de la ultima publicación. Para el caso que el demandado SR. CONTRERAS MATIAS JESUS no se presente a hacer valer sus derechos se le designara oportunamente Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, que por turno corresponda.- Fdo: Dra. M. Emilia del Grosso – Prosecretaria.- Dra. Silvia E. Yecora – Juez”.-ES COPIA.- PROVIDENCIA DE FS. 12: “San Salvador de Jujuy, 14 de Marzo del 2016.-  1.- Téngase por presentado al DR. CARLOS ABEL DAMIAN AGUIAR en nombre y representación de CREDINEA S.A.…- 2.-Atento a la demanda ejecutiva y lo dispuesto por los arts. 472 inc. 4°, 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra del demandado, Sr. Contreras Matías Jesús, mandamiento de pago, ejecución y embargo, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS DOS MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO CON CINCO CENTAVOS ($ 2.145,05) en concepto de capital reclamado, con mas la suma de PESOS UN MIL SETENTA Y TRES ($1.073) calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio. En… Asimismo, CITESELO DE REMATE para que oponga excepciones legitimas, si las tuviere, en el término de CINCO (5) DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial 2, Secretaria 3, sito en calle Independencia esquina Lamadrid bajo apercibimiento de llevar adelante la presente ejecución.-  3.- Asimismo intimase a la demandada para que en el mismo término que el antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KILOMETROS del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarlo notificada por Ministerio de Ley todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52. y 154 del C.P.C.).- 4.- Al… 5.- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).- Fdo. Dra. SILVIA ELENA YECORA- Juez – Ante mi: Dra. M. Emilia Del Grosso, – Prosecretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por TRES (3) VECES en CINCO (5) DIAS.-  San Salvador de Jujuy, 19 de Octubre del 2016.-

 

21/23/26 JUN. LIQ. Nº 10951 $360,00.-