BOLETÍN OFICIAL Nº 71 – 23/06/17
DRA. SILVIA ELENA YECORA – Juez – Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2 – Secretaria N° 3, en el Expte. N° C-031952/15 caratulado: “EJECUTIVO: CASTILLO S.A.C.I.F.I.A.”, hace saber al SR. CONRADO MARCELO ALEJANDRO BORJA, que se ha dictado el siguiente PROVEIDO DE FS.41:”San Salvador de Jujuy, 03 de Octubre del 2016.- Por presentado el DR. CARLOS ABEL DAMIAN AGUIAR, y por constituido domicilio legal, en nombre y representación de CASTILLO S.A.C.I.F.I.A., a merito del Poder General para Juicios que en fotocopia debidamente juramentada obra a fs. 2/4.- Téngase presente lo manifestado respecto de la Unificación de Personería en la persona del letrado mencionado ut-supra.- Atento a haberse cumplimentado en autos con los extremos exigidos por el Art. 162, líbrese Edictos a fin de notificar al demandado del proveído de fs 12 de los presentes autos, el que deberá ser publicado en un diario local y en el Boletín Oficial tres veces en CINCO DIAS, haciéndole saber al accionado que los términos comienzan a correr a partir de la última publicación. Para el caso que el demandado SR. CONRADO MARCELO ALEJANDRO BORJA no se presente a hacer valer sus derechos se le designara oportunamente un Defensor de Pobres y Ausentes, que por turno corresponda.- Notifíquese (art. 155 y 162 del C.P.C.).-Fdo: Dra. Silvia E. Yecora – Juez – Ante mi: Dra. M. Emilia Del Grosso – Prosecretaria”.-ES COPIA.- PROVIDENCIA DE FS. 12: “San Salvador de Jujuy, 03 de Octubre del 2011.- Por presentado el DR. EKEL MEYER, en nombre y representación de CASTILLO S.A.C.F.I.A, a merito del poder general para juicio que en copia debidamente juramentada adjunta, y por constituido domicilio legal.- Atento a las constancias de autos y a la demanda ejecutiva por cobro de pesos y lo dispuesto por los arts. 472 inc. 4°, 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra del demandado SR. BORJA CONRADO, MARCELO ALEJANDRO, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago y ejecución, por la suma de PESOS VEINTIDOS MIL OCHOCIENTOS DIECISEIS CON SETENTA CTVOS ($ 22.816,70) en concepto de capital reclamado, con mas la de PESOS ONCE MIL CUATROCIENTOS OCHO CON TREINTA Y CINCO CTVOS ($ 11.408,35) presupuestada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En….-Asimismo, cíteselo de REMATE para que en el término de CINCO (5) DIAS, concurra ante este Juzgado en lo Civil y Comercial N° 2, Secretaria N° 3, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución.- Además….-Asimismo, intimase a la demandada para que en el mismo término que el antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES (3) KILOMETROS del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de considerarlo notificado por Ministerio de Ley todas las posteriores resoluciones que se dicten (Art. 52. Del C.P.C.).- HAGASE….- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).- Fdo. Dra. SILVIA ELENA YECORA- Juez – Ante mi: Dra. M. Emilia Del Grosso – Prosecretaria.- Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local de amplia circulación por TRES (3) VECES en CINCO (5) DIAS.- San Salvador de Jujuy, 03 de Octubre del 2016.-
19/21/23 JUN. LIQ. Nº 10952 $360,00.-