BOLETÍN OFICIAL Nº 71 – 23/06/17

DRA. SILVIA YECORA – JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL  N° 2 – SECRETARIA N° 4, en el Expte. C-049628/15, caratulado: “PREPARA VIA EJECUTIVA TARJETA NARANJA S.A C/ MARTINEZ JESUS GONZALO” se procede a notificar por este medio a MARTINEZ JESUS GONZALO, el siguiente proveído: “SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 DE MAYO DEL 2016”.-  1.- Atento a las constancias de autos, téngase por expedita la vía ejecutiva, en consecuencia y teniendo en cuenta lo dispuesto por los arts. 472, 478 y 480 del C.P.C. líbrese en contra del demandado SR. MARTINEZ JESUS GONZALO, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS ONCE MIL TRESCIENTOS DOS C/52/100 CTVOS ($ 11.302,52), en concepto de capital, con mas la de PESOS CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UNO C/26/100 CTVOS ($ 5.651,26) calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio. En defecto de pago trábese EMBARGO sobre los bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada, con las prevenciones y formalidades de ley; requiriéndosele manifestación sobre si los bienes embargados registran prendas u otros gravámenes y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. Cítesele de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuvieres dentro del término de CINCO (5) DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial N° 2, Secretaria N° 4, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución.- 3.- Al efecto comisionase al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA, con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza publica si fuera necesario.-Asimismo, intimase al demandado, para que en el mismo plazo antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de los TRES KILOMETROS del asiento del  Juzgado, bajo apercibimiento de notificárselo en las sucesivas providencia por Ministerio de Ley (Art. 52 y 154 del C.P.C.).- 4.- Notifíquese (Art. 154 del C.P.C.).- Publíquese el presente edicto en el Boletín Oficial y en un Diario Local y en el Boletín Oficial tres veces en CINCO DIAS.- Se le hace saber que los términos se comenzaran a contar a partir de la ultima publicación y en caso de incomparecencia se le designara un DEFENSOR OFICIAL DE POBRES Y AUSENTES.-                                                                                    SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 de OCTUBRE de 2016.-

 

19/21/23 JUN. LIQ. Nº 10954 $360,00.-