LEY N° 5141
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 5141
COMPLEMENTARIA DE LA LEY N° 5072 “DE ESTABILIDAD DEL PERSONAL DOCENTE DE ESCUELAS DE NIVEL MEDIO Y DE SUS NIVELES INICIAL Y PRIMARIO DE LAS ESCUELAS NORMALES”
ARTICULO 1.- Dispónese con carácter excepcional la titularización de Maestra de Grado con carácter auxiliar de las Escuelas Normales, en los términos y condiciones establecidos en la Ley N° 5072, sancionada por la Legislatura de Jujuy.-
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 de julio de 1999.-
EDUARDO VICTOR CAVADINI
SECRETARIO PARLAMENTARIO
SECRETARIO PARLAMENTARIO
LEGISLATURA DE JUJUY
Dr. GUILLERMO JENEFES
PRESIDENTE
Com. Asuntos Institucionales
LEGISLATURA DE JUJUY
Sancionada 01/07/1999
Publicado en BO Nº 88 de fecha 30/07/1999