LEY N° 5141

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 5141

 

COMPLEMENTARIA DE LA LEY N° 5072 “DE ESTABILIDAD DEL PERSONAL DOCENTE DE ESCUELAS DE NIVEL MEDIO Y DE SUS NIVELES INICIAL Y PRIMARIO DE LAS ESCUELAS NORMALES”

ARTICULO 1.- Dispónese con carácter excepcional la titularización de Maestra de Grado con carácter auxiliar de las Escuelas Normales, en los términos y condiciones establecidos en la Ley N° 5072, sancionada por la Legislatura de Jujuy.-

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 de julio de 1999.-

 

 

EDUARDO VICTOR CAVADINI

SECRETARIO PARLAMENTARIO

SECRETARIO PARLAMENTARIO

LEGISLATURA DE JUJUY

 

Dr. GUILLERMO JENEFES

PRESIDENTE

Com. Asuntos Institucionales

LEGISLATURA DE JUJUY

 

 

 

Sancionada 01/07/1999

Publicado en BO Nº 88  de fecha 30/07/1999