BOLETÍN OFICIAL Nº 91 – 14/08/13
EXPTE. Nº 0500-171/13.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 DIC. 2012.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1°: Otórgase, por única vez y con carácter excepcional, a favor de los agentes alcanzados por los Decretos-Acuerdos Nº 4371-H-09, Nº 4373-H-09, Nº 4374-H-09, Nº 4375-H-09 y Nº 4760-H-09 un Suplemento No Remunerativo No Bonificable equivalente al 50% de los Adicionales y Suplementos reconocidos en los mencionados actos administrativos, con el alcance expresado en el exordio que integra el presente.-Dicho Suplemento se liquidará junto con el Sueldo Anual Complementario correspondiente al segundo semestre del año 2012, a favor del personal que tuviere derecho a percibir el mismo, y en la proporción que por tal concepto le corresponda.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR