BOLETÍN OFICIAL Nº 92 – 16/08/13
EXPTE. N° 600-256/2013.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 MAY. 2013.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.-Apruébase en todas sus partes el CONVENIO ÚNICO DE COLABORACIÓN Y TRANSFERENCIA (obrante a fs. 1/6), y aneXos i y ii que integran el mismo (fs. 7 y 8/14, respectivamente), suscripto en fecha 26-03-2013 en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PÚBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PUBLICA Y SERVICIOS de la Nación, representada por su titular Arq. Germán NIVELLO, por una parte, y por la otra, la Provincia de Jujuy, representada por el señor Gobernador Dr. Eduardo Alfredo FELLNER, conjuntamente con los señores Intendentes y/o Comisionados Municipales de: Abdón Castro Tolay (Dpto. Cochinoca), Abra Pampa (Dpto. Cochinoca), Puesto del Márquez (Dpto. Cochinoca), Pampa Blanca (Dpto. El Carmen), Humahuaca (Dpto. Humahuaca), Calilegua (Dpto. Ledesma), Yuto (Dpto. Ledesma), Mina Pirquitas (Dpto. Rinconada), Cieneguillas (Dpto. Santa Catalina), Santa Catalina (Dpto. Santa Catalina), y Susques (Dpto. Susques), que suscriben el presente Convenio, a los fines y efectos enunciados en los considerandos del presente instrumento.-
ARTÍCULO 2º.– Facúltase al señor Ministro de Infraestructura, Planificación y Servicios Públicos a suscribir Convenios con Municipios, Comisiones Municipales y/u Organismos provinciales –municipales correspondientes, a efectos del cumplimiento de los objetivos expresados en el Convenio Único de Colaboración y Transferencia aprobado por el artículo anterior.-
ARTÍCULO 3º.– Remítase a Legislatura de la Provincia (Art. 137, inc. 7, Constitución Provincial).-
ARTÍCULO 4º.– Por Escribanía de Gobierno se procederá a la protocolización del Convenio aprobado por este acto.-
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR