BOLETÍN OFICIAL Nº 98 – 04/09/13
EXPTE. Nº 0412-006-2013.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUL. 2013.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.– Autorízase al MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA a proceder a la adquisición de bienes de capital en función de la excepción prevista por el Articulo 1º -in fine- del Decreto-Acuerdo Nº 3789-H-01.
ARTICULO 2º.– Autorizase al MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA a efectuar la adquisición en forma directa, previa compulsa de precios, de un (1) vehículo automotor (carrozado para Autobomba de rescate liviano), conforme las previsiones del Articulo 54º, inciso 3), apartados d), g) y j) y 55º del Decreto-Ley Nº 159-H/G-57, hasta la suma total de PESOS UN MILLÓN OCHO MIL CIEN ($1.008.100.-), mas gastos de IVA, registro, patentamiento y flete, para ser destinado a la Dirección General de Bomberos de la Policía de la Provincia.
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
Gobernador