LEY N° 5091

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE

LEY N° 5091

 

DENEGATORIA DE RATIFICACION PARLAMENTARIA AL DECRETO

DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 6290-E-98

ARTICULO 1.- Deniégase ratificación parlamentaria al decreto de necesidad y urgencia N° 6290-E-98, dictado por el Poder Ejecutivo Provincial el 06 de setiembre de 1998; instrumento jurídico mediante el cual se autoriza el gestionar, negociar, obtener y concretar con el Banco de la Nación Argentina un préstamo de hasta un monto total de Pesos Cuarenta Millones ($40.000.000), o su equivalente en dólares estadounidenses.

ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de noviembre de 1998.-

 

Dr. WALTER BASILIO BARRIONUEVO

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER

Diputado Provincial

Vice-Presidente 1º

a/c. de Presidencia

Legislatura de Jujuy

 

 

Sancionada 05/11/1998

Publicado en BO Nº