LEY N° 5091
LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE
LEY N° 5091
DENEGATORIA DE RATIFICACION PARLAMENTARIA AL DECRETO
DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 6290-E-98
ARTICULO 1.- Deniégase ratificación parlamentaria al decreto de necesidad y urgencia N° 6290-E-98, dictado por el Poder Ejecutivo Provincial el 06 de setiembre de 1998; instrumento jurídico mediante el cual se autoriza el gestionar, negociar, obtener y concretar con el Banco de la Nación Argentina un préstamo de hasta un monto total de Pesos Cuarenta Millones ($40.000.000), o su equivalente en dólares estadounidenses.
ARTICULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.-
SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 05 de noviembre de 1998.-
Dr. WALTER BASILIO BARRIONUEVO
Secretario Parlamentario
Legislatura de Jujuy
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
Diputado Provincial
Vice-Presidente 1º
a/c. de Presidencia
Legislatura de Jujuy
Sancionada 05/11/1998
Publicado en BO Nº