BOLETÍN OFICIAL Nº 99 – 06/09/13
EXPTE. Nº 0300-324-2011.-
SAN SALVADOR DE JUJUY 14 AGO. 2013
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otórgase Personería Jurídica a la Asociaciones Civil CENTRO INTEGRADOR DE ACTIVIDADES RECREATIVAS Y DEPORTIVAS (C.I. A.R.D.), con asiento en esta Ciudad y consecuente mente apruébase su Estatuto Social que consta de treinta y cinco (35) Artículos, y corre agregado de fs 90 a 97 de autos.
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR