LEY Nº 3719
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de setiembre de 1980
EXP. Nº 660-S-80.-
VISTO:
Lo actuado en Expte. Nº 660-S-1980, caratulado: “SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA. S/SE SUPRIMA UN CARGO DE SECRETARIO DE LA CÁMARA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL (UNIDAD DE ORGANIZACIÓN 3) Y: SE CREE EN REEMPLAZO UN CARGO DE SECRETARIO DE JUZGADO DE INSTRUCCIÓN EN LO CRIMINAL (UNIDAD DE ORGANIZACIÓN 8) y el Decreto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades legislativas concedidas por la Junta Militar;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY Nº 3719
ARTÍCULO 1º.- Modifícanse a partir del 21/8/80, las Plantas de Cargo de las Unidades de Organización de la Jurisdicción F-PODER JUDICIAL, en la forma que a continuación se indica:
DE LA UNIDAD DE ORGANIZACIÓN 3-CÁMARA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL,
-Suprímese:
Funcionarios de Ley
1 Cargo de Secretario de Cámara
EN LA UNIDAD DE ORGANIZACIÓN 8-JUZGADO DE INSTRUCCIÓN EN LO CRIMINAL.
-Créase:
Funcionarios de Ley
1 Cargo de Secretario de Juzgado de Instrucción en lo
Criminal.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese -en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas, Contaduría General, Dirección General de Personal y Superior Tribunal de Justicia.-
FERNANDO VICENTE URDAPILLETA
GENERAL DE BRIGADA (RE)
GOBERNADOR
Sancionada 17/09/1980
Publicado en BO Nº 133 de fecha 17/11/1980