LEY Nº 3719

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 de setiembre de 1980

EXP. Nº 660-S-80.-

VISTO:

Lo actuado en Expte. Nº 660-S-1980, caratulado: “SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA. S/SE SUPRIMA UN CARGO DE SECRETARIO DE LA CÁMARA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL (UNIDAD DE ORGANIZACIÓN 3) Y: SE CREE EN REEMPLAZO UN CARGO DE SECRETARIO DE JUZGADO DE INSTRUCCIÓN EN LO CRIMINAL (UNIDAD DE ORGANIZACIÓN 8) y el Decreto Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades legislativas concedidas por la Junta Militar;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY Nº 3719

 ARTÍCULO 1º.- Modifícanse a partir del 21/8/80, las Plantas de Cargo de las Unidades de Organización de la Jurisdicción F-PODER JUDICIAL, en la forma que a continuación se indica:

DE LA UNIDAD DE ORGANIZACIÓN 3-CÁMARA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL,

-Suprímese:

Funcionarios de Ley

1 Cargo de Secretario de Cámara

EN LA UNIDAD DE ORGANIZACIÓN 8-JUZGADO DE INSTRUCCIÓN EN LO CRIMINAL.

-Créase:

Funcionarios de Ley

1 Cargo de Secretario de Juzgado de Instrucción en lo

Criminal.

 

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese -en forma integral-, dése al Registro y Boletín Oficial, tomen razón Tribunal de Cuentas, Contaduría General, Dirección General de Personal y Superior Tribunal de Justicia.-

 

 

FERNANDO VICENTE URDAPILLETA

GENERAL DE BRIGADA (RE)

GOBERNADOR

 

 

 

Sancionada 17/09/1980

Publicado en BO Nº 133 de fecha 17/11/1980