LEY Nº 3692

SAN SALVADOR DE JUJUY, 6 de febrero de 1980.-

 

EXP. Nº 2-R-1980.-

 

VISTO:

El Expediente Nº 2-R-1980, relacionado con la donación de la extensión de 40.000 has., en la zona del Departamento de Susques; Provincia de Jujuy que solicitara el Ejército Argentino, y

CONSIDERANDO:

Que con la referida donación, se logra el acceso y la promoción de una zona de características inhóspitas,

Que es conveniente la presencia del Ejército Argentino en una zona de fronteras,

Que fiscalía de Estado de la Provincia se ha expedido favorablemente mediante dictamen Nº 20.354,

Por todo ello, y en ejercicio de las facultades legislativas conferidas po el Art. 4º apartado 4.4. de la Instrucción Militar Nº 1/77,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY

 

LEY Nº 3692

 

ARTICULO 1º.- Dónase a la Fuerza del Ejército Argentino la cantidad de 40.000 has. a disgregarse del Lote Fiscal Nº 2 del Departamento de Susques.

 

ARTICULO 2º.- El título definitivo de la presente donación, estará sujeto a la correspondiente mensura a cargo de personal técnico del Ejército Argentino.

 

ARTICULO 3º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial y, previa toma de razón del Tribunal de Cuentas y Contaduría General, archívese.-

 

 

 

 

 

Sancionada 06/02/1980

Publicado en BO Nº 21 de fecha 18/02/1980